La Seguridad Social avisa a todos los que van a contratar a una empleada del hogar

La Seguridad Social explica cómo saber el CCC de un empleador de una empleada del hogar, obligatorio para el alta y otros trámites.

CCC de las empleadas del hogar
Cómo consultar el CCC obligatorio para empleadas de hogar Archivo
Esperanza Murcia

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha lanzado un importante mensaje que necesitan conocer todas las personas que van a contratar a una empleada del hogar por primera vez. Tiene que ver con el alta de estas trabajadoras y cabe recordar que estas, por ley, deben estar dadas de alta en la Seguridad Social independientemente del número de horas que trabajen al día o a la semana. 

Pero esta obligación no es la que ha centrado el aviso de este organismo público, sino el Código de Cuenta de Cotización (CCC). Para aquellas personas que se inician en el empleo del hogar, deben saber que este código es obligatorio e imprescindible para dar de alta a una trabajadora doméstica. Pero, ¿qué es el CCC de las empleadas del hogar? 

Se trata de un número que asigna la Seguridad Social al empleador (esto es, a la persona que va a contratar a una trabajadora) cuando contrata por primera vez a una empleada de hogar, ya que el sistema lo solicita en el momento de tramitar este alta, independientemente de que el trámite se haga por internet o de forma presencial. Por ello, la TGSS ha explicado desde su cuenta en Twitter cómo consultarlo.

Cómo consultar el código CCC de las empleadas del hogar

Desde el 1 de enero de 2023, el empleador es la única persona responsable de tramitar el alta de la empleada de hogar y de ingresar las cuotas a la Seguridad Social, sin importar el número de horas de trabajo al mes que tenga acordadas con la persona trabajadora. A la hora de tramitar el alta, como se ha explicado, uno de los datos exigidos es el Código de Cuenta de Cotización.

Este código está formado por números y permite identificar al empleador en los distintos trámites que tenga que realizar en relación con el empleo de hogar. Para consultarlo, simplemente hay que acceder al portal ‘Importass’ que tiene habilitado la TGSS y registrarse con sistema Cl@ve (clave permanente o PIN), vía SMS (hay que tener el móvil registrado), DNI electrónico o certificado digital. 

Una vez dentro del portal, tras el registro, hay que entrar en la página ‘Mi perfil de empleador’ que se encuentra en el área personal, tal como explican desde la Seguridad Social. Hay que señalar que el CCC es de carácter provincial, por lo que si se contratan trabajadores de hogar en distintas provincias, se asignará un código en cada una de ellas al solicitar un alta nueva. 

Por último, recordar que el alta de las empleadas de hogar se realiza también en ‘Importass’ a través del apartado ‘Alta en empleo de hogar’ y, junto al CCC, solicitarán la siguiente información

  • Datos identificativos de la persona trabajadora (DNI, NIE o Número de la Seguridad Social).
  • Datos identificativos de la persona empleadora (DNI, NIE, Número de la Seguridad Social o el Número de identificación como empleador, que es el explicado CCC).
  • Tener acordada la jornada y el salario entre las partes.
  • Contrato de trabajo que refleje la jornada y el salario pactado. 
  • IBAN de la cuenta corriente donde se van a domiciliar los pagos y mandato SEPA (autorización para cargar las cuotas en la cuenta). 
  • Permiso de trabajo vigente para trabajadores extracomunitarios.
  • Otros datos en el caso de aplicación de beneficios en la cuota, como información sobre el título de familia numerosa.

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