La Justicia estima la demanda de CCOO contra Decathlon por discriminación salarial: tendrán que compensar a estos trabajadores

La Audiencia Nacional estima la demanda de CCOO contra Decathlon por discriminación salarial hacia los trabajadores a tiempo parcial.

Una tienda de Decathlon
La Audiencia Nacional condena a Decathlon por discriminar a los trabajadores a tiempo parcial Decathlon
Esperanza Murcia

La Audiencia Nacional ha estimado la demanda presentada por Comisiones Obreras (CCOO) contra Decathlon por discriminación salarial en los trabajadores contratados a tiempo parcial. En concreto, por no haber abonado una compensación retributiva después de reconocerse que estos empleados habían venido recibiendo una retribución inferior respecto a los contratados a jornada completa. 

El pasado 20 de febrero, según ha explicado el sindicato en un comunicado, se celebró el juicio tras la demanda presentada por dicha organización. El motivo es que la plantilla a tiempo parcial había estado recibiendo una remuneración inferior a las personas contratadas a 40 horas, hasta que dicho sindicato solicitó que cesara “esta práctica discriminatoria”. 

Ante estas reivindicaciones, la cadena deportiva eliminó esta discriminación ejercida en los turnos parciales, actualizando en el convenio colectivo las tablas de 2023 y equiparando el salario de los contratados a tiempo parcial al de los contratados a tiempo completo. Sin embargo, la empresa se negaba a aplicar esta equiparación con carácter retroactivo, motivo por el que CCOO interpuso la citada demanda, “por vulneración de derechos fundamentales en la vertiente retributiva y vulneración del derecho a la igualdad contenido en el artículo 14 de la Constitución Española”, a la que se adhirieron los sindicatos USO y UGT.

Decathlon, condenada a abonar las diferencias salariales

En el fallo de la Audiencia Nacional se declara la “lesión del derecho de igualdad retributiva” de los trabajadores a tiempo parcial de Decathlon, por no reconocérseles el derecho a percibir el plus o compensación por la posibilidad de realizar jornadas flexibles durante los años 2021 y 2022. 

Por esta razón, condenan a la multinacional a abonar a estos empleados la diferencia mensual desde mayo de 2022 a diciembre de 2022, consistente en el importe de 0,192 euros/hora para el grupo 4 y de 0,168 euros/hora para el grupo 5.2. Desde CCOO, aseguran que no van a “consentir ningún tipo de discriminación hacia la plantilla de Decathlon”, manteniendo su “firme compromiso con la defensa de los derechos de las trabajadoras y trabajadores”. 

No obstante, según fuentes de la empresa consultadas por Europa Press, Decathlon va a recurrir esta sentencia, considerando que “no hubo lesión al derecho de igualdad retributiva en este periodo”, aunque muestren su “máximo respeto” por la decisión judicial.

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