La Seguridad Social avisa: las consecuencias de tener a tus hijos en el MUFACE

La Seguridad Social permite que los hijos de los funcionarios hagan uso de la sanidad del MUFACE hasta que se dé una situación específica. La edad máxima para ser beneficiario serán los 26 años.

oficina del muface
¿Pueden los hijos de funcionarios acceder al MUFACE y a la Seguridad Social a la vez?
Isabel Gómez

Cuando un funcionario tiene hijos tiene la posibilidad de acceder a dos vías diferentes de sanidad: la otorgada por la Seguridad Social y la de la Mutualidad General de los Funcionarios Civiles de Estaña (MUFACE). Sin embargo, existen algunas consecuencias de tener a los hijos adscritos a esta mutualidad, ya que los familiares de estos trabajadores piden formar parte de él y beneficiarse de las ayudas.

Desde la Seguridad Social han lazado un aviso para explicar que, al nacer, los descendientes de uno de los padres o de ambos progenitores, tienen que elegir entre adherirse al MUFACE y ser beneficiario por el progenitor mutualista; o acceder a la sanidad pública, por la parte del padre o madre que sea trabajador civil. Eso sí, ambas situaciones son incompatibles.

Poniendo el foco en la sanidad de la Seguridad Social, los hijos del funcionario pueden hacer uso de esta como beneficiarios, siempre que no tengan más de 26 años y no estén trabajando. En caso de tener menos de esa edad y estar en activo, ya podrán acceder como titulares de pleno derecho al cotizar en el Régimen General.

A pesar de esto, en el MUFACE pueden hacerlo durante todo el tiempo que sus progenitores trabajen activamente como personal funcionario del Estado, aunque cumpliendo con unas condiciones, siempre que no estén trabajando ni cotizando. 

¿Pueden los hijos de los funcionarios acceder a ambas administraciones de salud al mismo tiempo? La respuesta es no. Pueden estar adheridos al MUFACE, pero, en cuanto entran a formar parte del mercado laboral, están obligados a darse de alta en el régimen contributivo de la Seguridad Social y disfrutar del sistema público de salud.

El trámite para incluir a un hijo en el MUFACE

Como explican desde la mutualidad privada de Estado, para que un hijo recién nacido o ya adulto pueda formar parte de este sistema de salud, se requiere del Libro de Familia original, junto a una copia de la hoja de inscripción donde figure el beneficiario, o el certificado de inscripción al registro del nacimiento. También se necesita presentar el documento de afiliación a Muface del mutualista.

El trámite se puede hacer a través de Internet en la sede electrónica de dicha mutua si se tiene Cl@ve permanente, Cl@ve Pin, certificado electrónico o DNIe. Aunque también se puede presentar esa documentación, cumplimentando un impreso de solicitud en las oficinas.

El trámite para darse de baja en el MUFACE cuando accedes a la sanidad pública

Desde esta mutualidad de funcionarios civiles explican que cuando las personas deban darse de baja del sistema tienen la obligación expresa de comunicar cualquier cambio producido en el mes siguiente a la fecha en la que se produjo.

Al mismo tiempo, recalcar que esa baja puede hacerse de dos maneras:

  • Mediante certificado digital o DNI electrónico.
  • De forma presencial en alguna de las oficinas provinciales del MUFACE. Por correo postal enviado el impreso de solicitud ‘Alta, Variación y Baja del Beneficiario’ que puede rellenarse sin problema en las oficinas provinciales.

Quiénes pueden ser beneficiarios del MUFACE

Pueden ser beneficiarios del MUFACE el marido o la esposa del mutualista, aunque no sean funcionarios. También quienes convivan con ellos y su estado civil sea de pareja de hecho y los hijos naturales o adoptivos de ambos cónyuges.

Por otro lado, los menores sujetos a acogimiento o bajo título legal por el funcionario, su cónyuge o pareja de hecho. La condición es que estos tengan la condición de beneficiarios.

Al mismo tiempo, los hermanos y hermanas directos del personal del Estado, los padres de este, naturales o adoptivos, tanto del mutualista como de la pareja de este.

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