Esta es la pensión que cobrarás con 16 años cotizados según tu sueldo

Los trabajadores que a lo largo de su vida laboral hayan cotizado 16 años a la Seguridad Social tendrán derecho al 52,52 % de la base reguladora obtenida.

Esta es la pensión que cobrarás con 16 años cotizados según tu sueldo
¿Cuánto se cobra de pensión con 16 años cotizados?
Francisco Miralles

Al acercarse al final de la carrera profesional y a la edad de jubilación, son muchos los trabajadores que se preguntan: ¿Cuál será mi pensión según los años cotizados? Con la última reforma de las pensiones llevada a cabo por el Ministerio de Seguridad Social, dirigido por José Luis Escrivá, el cálculo de la pensión cambia cada año y se basa en la edad de retiro, los años cotizados y la base reguladora.

Actualmente, la Seguridad Social cuenta con dos tipos de pensiones: las contributivas y las no contributivas. Para acceder a las primeras es necesario contar con al menos 15 años cotizados a lo largo de la vida laboral, y que al menos dos de ellos se encuentren dentro de los últimos 15 años previos a la jubilación. Estos requisitos de acceso se encuentran regulados en el artículo 205 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).

En este sentido, aquellos que cuenten con 16 años cotizados y se encuentren próximos a la jubilación les interesa saber, qué pensión le quedará según su sueldo.

¿Cuánto se cobra de pensión con 16 años cotizados?

Con 16 años cotizados a la Seguridad Social se tendrá derecho al 52,52 % de la base reguladora obtenida. Este porcentaje se obtendría de aplicar la actual fórmula de la Seguridad Social, que quedaría de la siguiente manera:

  • Con 15 años cotizados (180 meses) se tiene derecho al 50 % de la base reguladora obtenida.
  • Los 12 meses siguientes, hasta alcanzar los 16 años, se sumaría por cada mes un 0,21 %, que es igual a un 2,52 % de la base reguladora.

Generalmente, para hacer el cálculo de las pensiones se cogen los 25 últimos años de cotización, que son 300 meses y se dividen entre 350. El resultado será la base reguladora o lo que es lo mismo, el 100 % de la pensión de la pensión a la que podría acceder el trabajador.

En este caso, como el trabajador solo tiene 16 años, habría que coger las bases de cotizados de todos esos años, que son 192, y dividirlo entre 350. Con el resultado obtenido, se debería aplicar un porcentaje del 52,52 %, ya que con los años cotizados es a lo que se tiene derecho.

En la siguiente tabla se puede consultar la pensión que corresponde con 16 años cotizado en relación con un salario bruto mensual. Los siguientes datos son orientativos y no se aplica ni el complemento a mínimos ni la revalorización por IPC, por el hecho de que estos datos dependerán del nivel de rentas y de cómo se encuentre el IPC en el momento de solicitar la pensión.

Sueldo medio bruto Pensión mensual Pensión anual
1.080 € (SMI 2023) 567,22 € 7.941,02 €
1.200 € 630,24 € 8.823,36 €
1.400 € 735,28 € 10.293,92 €
1.600 € 840,32 € 11.764,48 €
1.800 € 945,36 € 13.235,04 €
1.900 € 997,88 € 13.970,32 €
2.000 € 1.050,40 € 14.705,60 €
2.200 € 1.155,44 € 16.176,16 €

¿Qué pasa si mi pensión está por debajo de la mínima?

Es posible, que tras calcular la pensión esta sea inferior a la mínima fijada por el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). En estos casos se podrá acceder al complemento a mínimos para garantizar que el pensionista llegue a ese mínimo, pero es necesario reunir unos requisitos.

El complemento a mínimos es una cuantía económica que se añade a la pensión contributiva para alcanzar el mínimo exigido en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de cada año. Este complemento está regulado en el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).

Para poder solicitarlo, es necesario percibir una pensión contributiva y tener fijada una residencia legal en España. Además, no se pueden tener ingresos o rentas que superen los 8.614 euros anuales. Esta cantidad varía cada año y depende del límite establecido por el Gobierno en los presupuestos.

Este complemento se puede solicitar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social y, una vez aprobado, el organismo añadirá la cantidad restante para alcanzar el importe mínimo. Estas son las cuantías mínimas de la pensión por jubilación para este año:

Pensión mínima para mayores de 65 años

  • Con cónyuge a cargo 966,2 euros al mes, 13.526,80 euros anuales.
  • Sin cónyuge 783,1 euros al mes, 10.963,40 euros anuales.
  • Con cónyuge no a cargo 743,3 euros mensuales, 10.406,20 euros anuales.

Pensión para menores de 65 años

  • Con cónyuge a cargo 905,9 euros al mes, 12.682,60 euros anuales.
  • Sin cónyuge 732,60 euros al mes, 10.256,40 euros anuales.
  • Con cónyuge no a cargo 692,50 euros mensuales, 9.695,00 euros al año.

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