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¿Qué IRPF tiene una pensión de viudedad?

Las pensiones no forman parte de las rentas exentas en el IRPF, por lo que hay que incluir la pensión de viudedad en la declaración de la Renta, y también otras como la de jubilación.


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Manos contando dinero en una mesa con una calculadora. |E.P
Redacción Noticiastrabajo
Redacción Noticiastrabajo
Fecha de actualización:

La pensión de viudedad es una prestación de carácter público que pueden solicitar todas las personas tras la pérdida de su pareja. Este subsidio es vitalicio y nace para proteger económicamente al beneficiario después del fallecimiento de la persona causante.  

En muchos casos, la muerte de un ser querido supone una importante pérdida de ingresos. La prestación tiene el cometido de cubrir las necesidades básicas de un hogar en el que, hasta la fecha, entraban dos sueldos o retribuciones. 

Aquí, las personas que han percibido una pensión de viudedad en 2024 deben estar atentas de cara a la declaración de la Renta, cuya campaña empezó el pasado 2 de abril. La razón es que los ingresos que han recibido en ese concepto también tributan por el IRPF, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 

La pensión de viudedad deriva del trabajo de una persona (la que ha fallecido) 

La Ley del IRPF explica en su artículo 17 que "se considerarán rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas". 

Esta pensión se integra en la base imponible del IRPF como un ingreso total, sin aplicación de ningún porcentaje de reducción, incluso si se percibe en forma de capital. También están sujetas a retenciones e ingresos a cuenta. Esto se debe a que la pensión de viudedad deriva realmente del trabajo de una persona, la que ha fallecido. 

Habrá que incluirla en la declaración del IRPF si superan los 22.000 euros anuales 

De esta forma, las pensiones siguen la misma norma que los salarios, por lo que si los rendimientos del trabajo procedentes de un único pagador superan los 22.000 euros anuales, habrá que incluirlos en la declaración. Lo mismo ocurre en el caso de que se reciban rentas de dos o más pagadores (siempre que los ingresos procedentes del segundo pagador superen los 1.500 euros anuales) y se superen en conjunto los 15.000 euros anuales.  

Aquí se incluyen también las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y demás prestaciones públicas de jubilación, incapacidad, accidente, enfermedad, viudedad, o similares. Por tanto, la pensión de jubilación es una de las prestaciones pasivas que obliga a sus perceptores a realizar la declaración de la renta, esto siempre y cuando supere el mínimo establecido. 

Con todo, y en lo que se refiere a los tramos, la pensión de viudedad tributa dentro de la base general del IRPF a los tipos generales, que son los siguientes: 

  • 0 a 12.450 euros = 19% 
  • 12.451 euros a 20.200 euros = 24% 
  • 20.201 euros a 35.200 euros = 30% 
  • 35.201 euros a 60.000 euros = 37% 
  • De 60.001 euros a 300.000 euros= 45% 
  • Más de 600.000 euros = 47% 

Más de 2,3 millones de personas viudas reciben mensualmente esta pensión 

En España, son las mujeres las que cobran generalmente este subsidio, debido a las diferencias en la esperanza de vida. En cualquier caso, existen más de 2,3 millones de personas viudas que reciben cada mes esta pensión. Los beneficiarios de pensión de viudedad mayores de 65 años tienen derecho a un 60% de la base reguladora si cumplen los siguientes requisitos: 

  • Que el beneficiario no tenga derecho a otra pensión pública, española o de otro país, y que no perciba ingresos por la realización de trabajo, ya sea por cuenta ajena o propia. 
  • Que no reciba otros rendimientos (rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o rentas de actividades económicas) en cuantía superior a los límites exigidos para acceder a la pensión mínima por viudedad, que en 2024 se sitúa en 11.552,80 euros anuales. 

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