La Seguridad Social recuerda que patronal y sindicatos deben solicitar coeficientes reductores en esta jubilación anticipada

Apelando a su normativa, recuerda que sindicatos y patronal deben solicitar la aplicación de coeficientes reductores en las jubilaciones anticipadas de actividades peligrosas.

Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. EFE
Isabel Gómez

Tras la última reunión de la Mesa de Diálogo Social junto a CCOO y UGT, el secretario de Estado de pensiones de la Seguridad Social, Borja Suárez, ha expresado su opinión acerca de aplicar coeficientes reductores a las jubilaciones anticipadas que se deriven de trabajado con naturaleza, penosa o tóxica. Apelando al artículo 206 del Real Decreto Legislativo 8/2025, ha recordado que patronal y sindicatos están “legitimados” para solicitar los coeficientes reductores.

En declaraciones recogidas por Europa Press, Suárez ha hecho hincapié en que “esto es lo que dice el artículo 206 y el desarrollo reglamentario, dentro de lo que establece el marco legal, tiene que atenerse a ese espacio”.

Empresas y sindicatos deberán solicitar la aplicación de coeficientes reductores

Conforme a lo que indica dicho artículo de la LGSS, el inicio del procedimiento debe realizarse de forma conjunta por la patronal y los sindicatos más representativos de trabajadores por cuenta ajena, de autónomos y del personal funcionario.

Además, Suárez ha confirmado que en plena negociación de la jubilación anticipada de los trabajos con actividades penosas o peligrosas, la Inspección de Trabajo “debe jugar un papel en relación con los coeficientes reductores, siempre que no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo”.

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