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Cobra una pensión de retiro por inutilidad permanente de la Guardia Civil y deberá devolver 5.232,75 euros por trabajar dos meses en Leroy Merlin sin avisar pese a que la Seguridad Social acabó autorizando esa misma actividad

La Justicia considera que pedir el permiso de compatibilidad un año y medio después de haber dejado el trabajo no permite cubrir hacia atrás las dos mensualidades de pensión ya cobradas en aquel periodo.

Jubilado serio
Jubilado serio |Envato
Francisco Miralles
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Un hombre retirado por incapacidad permanente de la Guardia Civil deberá devolver 5.232,75 euros de su pensión a la Seguridad Social tras compaginarla durante dos meses con un trabajo en Leroy Merlin y no haber solicitado la compatibilidad. Aunque la Administración acabó autorizando esa misma actividad un año después, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que la solicitud llegó demasiado tarde, por lo que aprueba que deba devolver las cantidades cobradas indebidamente.

Según la sentencia STSJ M 4187/2026 (que se puede consultar en este enlace del Poder Judicial), todo empieza el 29 de abril de 2021. Ese día, el demandante, jubilado por inutilidad permanente en la Guardia Civil, empezó a trabajar como comercial en una tienda de Leroy Merlin España. La actividad se prolongó hasta el 21 de junio de 2021, es decir, dos meses durante los cuales siguió cobrando íntegra su pensión de Clases Pasivas sin haber solicitado la compatibilidad.

La Administración se lo comunicó y alegó que llamó por teléfono a Clases Pasivas para anunciar el nuevo empleo, pero las oficinas estaban cerradas por la pandemia y los funcionarios trabajaban desde casa, así que nadie llegó a atenderle.

La Administración tras comprobar, no encontró ningún registro de aquella llamada y, en abril de 2022, le notificó la obligación de reintegrar los 5.232,75 euros correspondientes a esos dos meses declarados incompatibles. Al no estar conforme con la decisión acudió a los tribunales, hasta llegar a la Sala de lo Contencioso del TSJ de Madrid.

Lo curioso de esta sentencia es que en noviembre de 2022, mientras el procedimiento seguía vivo, la propia Administración dictó una nueva resolución que declaraba compatible esa actividad de comercial en una tienda de bricolaje y jardinería con la pensión de retiro. Es decir, el trabajo podía haberlo hecho legalmente, pero al no avisar ni antes, ni durante, ni inmediatamente después, la Seguridad Social entendió que esa nueva resolución solo cubría hacia el futuro y no los dos meses ya consumidos en 2021.

Pedir la compatibilidad un año tarde no protege las pensiones ya cobradas

En los tribunales alegó que una sentencia previa del Tribunal Supremo, dictada en septiembre de 2022, establecía que no es legal empezar a trabajar antes de comunicarlo a la Administración. Esa doctrina considera que la autorización funciona como un simple reconocimiento de que se cumplen los requisitos, no como un permiso constitutivo, y por eso admite que la declaración de compatibilidad pueda producir efectos hacia atrás, hasta el momento en que el pensionista inició la actividad.

Sobre esto, el TSJ de Madrid dice que hay un límite y explica que propia sentencia del Supremo advertía que la comunicación no puede demorarse de manera indefinida y, mucho menos, presentarse cuando el trabajo ya ha terminado. En este caso la solicitud llegó el 7 de octubre de 2022, más de quince meses después de haber dejado Leroy Merlin, y en el formulario figuraba como actividad pendiente la genérica "comercial de ventas" con fecha de inicio "indeterminada", sin ninguna referencia al periodo realmente trabajado en 2021.

Por eso, ni esa solicitud ni la posterior resolución de noviembre cubrían retroactivamente aquellos dos meses, sino solo una actividad por iniciar, así que la reclamación de los 5.232,75 euros queda confirmada, y los deberá devolver al ser un cobro indebido, aunque la Seguridad Social lo autorizará con posterioridad.