A pesar del control exhaustivo que hace Hacienda en la recaudación de impuestos y tributos, no siempre se escapa de cometer errores. Así le ha ocurrido en esta ocasión tras una sentencia del Tribunal Supremo que le obliga a devolver hasta 4.000 euros a ciertos jubilados. Y es que quienes realizaron aportaciones a mutualidades laborales han pasado de más en las últimas declaraciones de la Renta. Pero, ¿a quiénes afecta directamente? ¿Cómo pueden recuperar su dinero?
El caso ha llegado hasta el mencionado alto tribunal donde se ha emitido una sentencia que ha creado jurisprudencia el año pasado. En el texto legal se obliga a que la Agencia Tributaria devuelva todas las aportaciones de más que se realizaron a los mutualistas y que estaban exentas al 100% hasta 1966 y al 25% en el periodo de 1967 y 1978.
Y es que miles de trabajadores, ahora ya jubilados, sufrieron una retención excesiva por parte del Fisco sobre una base imponible del IRPF. Las cantidades a reclamar varían según las aportaciones de los afectados en aquel momento. Según apuntan los magistrados, puede oscilar entre los 400 y los 1.000 euros, aunque en el peor de los casos alcanzan los 4.000 euros.
A pesar de que la mayoría de esos años ya han prescrito, sí que se podrán recuperar las cantidades de los últimos cuatro años fiscales. Además, tienen derecho a un ajuste fiscal en su beneficio en las próximas declaraciones de la Renta, como la próxima que está a punto de comenzar en poco más de dos meses.
Cómo pedir a Hacienda las devoluciones del IRPF cobradas indebidamente a estos jubilados
Las reclamaciones deben ser individuales, ya que el reintegro no se devolverá de oficio por parte de la administración pública tributaria. Los pasos los ha indicado el sindicato ESK al explicar que el primer paso comienza solicitando a la Seguridad Social un informe de la vida laboral (se puede obtener en este enlace). Así es posible comprobar cuáles fueron los periodos de aportaciones a las mutualidades.
La solicitud puede iniciarse a través de la plataforma web de la Agencia Tributaria. Para ello será necesario acceder mediante una identificación digital, como el certificado digital, el DNI electrónico o el número de la casilla 505 de la última declaración de la Renta.
Sin embargo, como apunta ese sindicato, el trámite es más ágil a través de la Seguridad Social. Si no aparece ese dato en la vida laboral, es necesario solicitar en la empresa un certificado con las retenciones aportadas a la mutualidad laboral en el periodo de 1967 y 1968 o el certificado de antigüedad de la empresa, indicando la fecha de ingreso y de fin del contrato laboral.
Después que se presente en Hacienda un escrito de rectificación y se rellena el impreso con el siguiente texto, como recogen desde el diario El Correo: “Solicito la rectificación de las Declaraciones de la Renta correspondiente a los periodos 2019, 2020, 2021 y 2022, basándose en la sentencia 255/23 de 28.02.2023 del TS según la cual, la parte de la pensión correspondiente a las cotizaciones realizadas a Mutuas Laborales antes del 1/1/1979, debe ser objeto de deducción de un 25% en la base imponible del IRPF”.
Desde la organización sindical apuntan a que es recomendable aportar una copia de las retenciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas de los últimos cuatro años. Esto es importante porque el periodo para enviar las reclamaciones finaliza en junio de 2024.
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