Estos son los funcionarios que se pueden jubilar a los 60 años con el 100% de la pensión

La Seguridad Social permite que cierto tipo de funcionarios puedan jubilarse a los 60 años, siempre que hayan prestado un servicio de 30 años, entre otros requisitos. Podrían cobrar el 100% de la pensión.

La jubilación anticipada de los funcionarios de las Clases Pasivas del Estado en 2023
La jubilación anticipada de los funcionarios de las Clases Pasivas del Estado en 2023.
Isabel Gómez

Acogerse a una jubilación anticipada es uno de los objetivos de muchos trabajadores públicos, a pesar de que en muchas ocasiones conlleve un recorte de la pensión. Y es que hay ocasiones en las que la Seguridad Social permite ese retiro sin necesidad de reducir la pensión. Es por eso que muchos funcionarios dudan de cuándo pueden jubilarse a los 60 años con el 100% de la pensión. Algo para lo que habrá que cumplir unos requisitos.

Pese a la reforma Escrivá y su esfuerzo por retrasar la edad de jubilación lo máximo posible, hay una normativa que no se ha tocado aún y que es más flexible que la del resto de trabajadores. Es el caso del personal funcionariado de las Clases Pasivas del Estado, unos empleados públicos cuya normativa permite el retiro desde los 60 años sin recortes en su pensión.

Así se muestran dos claras ventajas frente a las modalidades voluntaria y forzosa del resto de empleados que trabajan en el sector privado. Por un lado, que permite abandonar el mercado de trabajo a una edad más temprana que las personas que pueden jubilarse a los 65 años, cuando hayan cotizado un mínimo de 37 años y nueve meses. Por otro lado, que el dinero mensual no tiene que enfrentarse a unos coeficientes reductores.

Los funcionarios que forman parte de las Clases Pasivas del Estado que pueden jubilarse a los 60 años

No todos los funcionarios pertenecen a las Clases Pasivas del Estado. Específicamente, la Seguridad Social explica en su portal web que pertenecen a este grupo de personal laboral del Estado los siguientes cuerpos:

  • Los funcionarios de carrera y en prácticas de la Administración General del Estado, de la Administración de Justicia, de las Cortes Generales y los empleados públicos transferidos a otras Comunidades Autónomas.
  • Los expresidentes, exvicepresidentes y exministros del Gobierno de España.
  • Los militares de carrera, de las escalas de complemento, de tropa y marinería profesional. Al igual que Caballeros Cadetes y los alumnos de las escuelas militares.

Todos los mencionados anteriormente tienen la obligación de cumplir una serie de condiciones previas cuando quieran abandonar su puesto de trabajo definitivamente a los 60 años, como se verá a continuación.

Requisitos de la Seguridad Social para conseguir la jubilación anticipada de las Clases Pasivas

Las personas podrán jubilarse desde los 60 años en el momento que demuestren que han alcanzado los 60 años y un servicio activo al Estado de mínimo 30 años. Aquí entra un matiz y es que, si surgiera el caso en el que para llegar a esos 30 años se tengan que sumar años procedentes de otros regímenes, es necesario que al menos los últimos cinco años a la pensión de jubilación se hayan cotizado en el de Clases Pasivas.

Al mismo tiempo, aseguran que para conseguir el máximo de jubilación que les corresponda, tienen que acreditar un mínimo de 35 años cotizados.

Cómo conseguir la jubilación a los 60 años con el 100% de la pensión

Tal y como recoge el portal de Clases Pasivas, existe un método de cálculo para la jubilación de los funcionarios cuando quieran cobrar el 100% de la mensualidad sin enfrentarse a coeficientes reductores. 

Dependiendo del cuerpo funcionarias, existe un haber regulador, como si fuera la base reguladora de las pensiones de los regímenes de la Seguridad Social. Así, para calcular la cuantía hay que multiplicar ese haber regulador al número de años completos de servicio efectivo. Corresponden con los siguientes en función del cuerpo o escala:

  • A1: 48.086,76 euros anuales.
  • A2: 37.845,48 euros anuales.
  • B: 33.139,86 euros anuales.
  • C1: 29.056,98 euros anuales.
  • C2: 22.996 euros anuales.
  • E: 19.605,93 euros anuales.

Una vez conocido esa cantidad, hay que aplicar un porcentaje por esos años de servicio:

  • Con 30 años, se tiene derecho al 81,73% del haber regulador.
  • Con 31 años, se tiene derecho al 85,38%.
  • Con 32 años, se tiene derecho al 89,04%.
  • Con 33 años, se tiene derecho al 92,69%.
  • Con 34 años, se tiene derecho al 96,35%.
  • Con 35 años, se tiene derecho al 100%.

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