
En España, cuando una persona sufre un accidente o enfermedad, ya sea de origen laboral o no, puede contar con una pensión estatal que le protege frente a la disminución de ingresos. Una de ellas es la pensión de incapacidad no contributiva. ¿Qué requisitos se necesitan para acceder a ella? ¿Quiénes son sus beneficiarios? A todas estas cuestiones da respuesta el Imserso, el organismo encargado de su gestión.
Recientemente, la Seguridad Social ha modificado el nombre de la conocida pensión no contributiva de invalidez con el fin de reconocerla con un lenguaje más inclusivo. Por lo que ahora ha pasado a denominarse pensión de incapacidad no contributiva. A efectos prácticos, viene a ser la misma.
¿En qué consiste la pensión de incapacidad no contributiva y quiénes son sus beneficiarios?
La pensión de incapacidad no contributiva viene a ser una pensión gestionada por el Imserso al que pueden acceder las personas que anualmente demuestran no alcanzar un mínimo de ingresos y que al sufrir una lesión o enfermedad no tienen derecho a cobrar la incapacidad permanente de la Seguridad Social. A diferencia de la anterior, esta no cotiza para la futura pensión de jubilación al no producirse retenciones de cotización para ello.
También está orientada a personas que no han podido trabajar nunca y tienen un grado de minusvalía que les impide estar dentro del mercado laboral. Es el caso de amas de casa o personas que no tienen cotizaciones suficientes a pesar de estar trabajando, entre otros.
Como apuntan desde la web del Imserso, un punto a su favor es que asegura a todos los ciudadanos a tener una asistencia económica, médico-farmacéutica y a servicios sociales complementarios. Pero, ¿qué requisitos deben cumplir para ello?
Requisitos de la pensión de incapacidad no contributiva
Principalmente, hay que tener en cuenta que los beneficiarios sean mayores de edad, pero menores de 65 años antes de la fecha de solicitud. Deben residir en España durante un mínimo de cinco años, dos de los cuales deben ser consecutivos y anteriores a esa fecha y tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Al mismo tiempo, es imprescindible demostrar que se cumple con una carencia de rentas. Para este 2024, todos los pensionistas no pueden tener unos ingresos superiores a los 7.250,60 euros, a no ser que convivan con otros familiares y la suma de todos ellos, dividida por el número de miembros de una unidad de convivencia, sean menores a ciertos límites. También influye el grado de parentesco.
Para la convivencia solo con cónyuge o parientes consanguíneos de segundo grado:
- 2 convivientes: 12.326,02 euros por año.
- 3 convivientes: 17.401,44 euros por año.
- 4 convivientes: 22.476,86 euros por año.
Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
- 2 convivientes: 30.815,05 euros por año.
- 3 convivientes: 43.503,60 euros por año.
- 4 convivientes: 56.192,15 euros por año.
Cuantía de la incapacidad no contributiva en 2024
La cuantía de la pensión no contributiva se determina en función de las rentas personales del solicitante y de la unidad económica de convivencia. Para el año 2024, esta pensión oscila entre los 7.250,60 euros y los 1.812,65 euros anuales. Estas prestaciones se perciben en 14 pagas, 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias.
Las cuantías actualizadas a 2024 corresponden con las siguientes:
- Íntegra: de 517,90 euros al mes.
- Mínima del 25%: de 129,48 euros al mes.
- Íntegra más el incremento del 50%: de 776,85 euros al mes.
Cuando en una misma familia conviven más de un beneficiario de pensión no contributiva, la cuantía íntegra individual para cada uno de ellos se establece de la siguiente manera:
- Para 2 beneficiarios: 440,22 euros mensuales por pensionista.
- Para 3 beneficiarios o más: 414,32 euros mensuales por pensionista.
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