![Fachada del Instituto Nacional de la Seguridad Social Fachada del Instituto Nacional de la Seguridad Social](https://noticiastrabajo.huffingtonpost.es/uploads/images/2023/07/seguridad-social-1200-675.webp)
Según los últimos datos de la Seguridad Social, la pensión media mensual se sitúa en 1.259,79 euros. Sin embargo, es importante destacar que 6 de cada 10 pensionistas aún reciben ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional. Para alcanzar la pensión mínima, muchos pensionistas deben recurrir al complemento a mínimos. Actualmente, este complemento es percibido por 2.159.995 de pensionistas y consiste en una cantidad económica adicional que se añade a la pensión contributiva con el objetivo de alcanzar el mínimo establecido por ley en cada Presupuesto General del Estado.
La Seguridad Social otorga este complemento a aquellos beneficiarios que carecen de ingresos o cuya pensión es su única fuente de recursos económicos. Se puede solicitar este complemento para las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente en todos sus grados, viudedad, orfandad y a favor de familiares.
Aunque esta cuantía se cobre mientras se perciba la pensión, la Seguridad Social podría a proceder a retirarla si el beneficiario aumentará su nivel de ingresos por encima de umbrales fijados, tal y como explican su web.
![pensionistas con monedas euros](https://noticiastrabajo.huffingtonpost.es/uploads/images/2023/06/ayuda-4000-euros.jpg)
Este complemento puede representar una contribución económica significativa para muchos beneficiarios. Según los datos del Ministerio de Seguridad Social, el importe medio de la pensión de jubilación se sitúa en 250,47 euros, mientras que en el caso de la pensión de viudedad alcanza los 273,24 euros. En cuanto a la pensión por incapacidad permanente, el importe medio es de 149 euros, mientras que en el caso de la orfandad es de 153,83 euros. Por último, la prestación a favor de familiares tiene un importe medio de 116 euros.
¿Cómo puede la Seguridad Social quitar parte de la pensión?
El complemento a mínimo no tiene un carácter consolidable y se revisa anualmente. Es decir, no se considera como parte integrante de los ingresos regulares o consolidados de la pensión. Por otro lado, se revisará cada año, conforme al nivel de ingresos del beneficiario.
Para tener derecho, los beneficiarios deben cumplir con varios requisitos. El primero de ellos es tener reconocida una pensión contributiva y que su importe sea inferior a las cuantías mínimas fijadas en los vigentes Presupuestos Generales del Estado. Por otro lado, tener legal en España.
Además, es importante tener en cuenta que existe un límite de ingresos que no se debe superar, el cual se establece anualmente en los Presupuestos Generales del Estado. Este límite varía según si el beneficiario tiene o no cónyuge a su cargo.
Para el año 2023, en el caso de no tener cónyuge a cargo, el límite de ingresos anuales será de 8.614 euros. Sin embargo, si se tiene un cónyuge a cargo, el límite de ingresos se fijará en 10.048 euros anuales.
![oficina de la Seguridad Social](https://noticiastrabajo.huffingtonpost.es/uploads/images/2023/06/__thumbs/oficina-seguridad-social.jpg/oficina-seguridad-social__1200x675.jpg)
En caso de superar el límite de ingresos establecido, la Seguridad Social puede proceder a retirar el complemento a mínimo hasta que el beneficiario vuelva a cumplir los requisitos. Sin embargo, si los beneficiarios no superan dicho nivel de ingresos, no deberán comunicar nada.
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