
En 2025, aunque cambia la edad de jubilación, no cambia el método de cálculo de la pensión de la Seguridad Social, así como los requisitos y los años que hay que cotizar para jubilarse o para cobrar el 100% de la pensión. Para jubilarse en 2025, son necesarios como mínimo 15 años cotizados para jubilarse, de los cuales al menos dos deben encontrarse dentro de los últimos quince años anteriores al hecho causante y estar en situación de alta o alta asimilada en la Seguridad Social, en cualquiera de sus regímenes.
La Seguridad Social considera como ‘hecho causante’ el final de tu actividad laboral si estabas trabajando y han pasado hasta tres meses desde que dejaste tu empleo. También se refiere al momento en que solicitas la jubilación después de que hayan transcurrido más de tres meses desde que terminaste de trabajar.
Además, de cumplir con la edad ordinaria de jubilación, que sí ha cambiado este año. En 2025, la edad legal de jubilación ordinaria es de 66 años y 8 meses en caso de contar con menos de 38 años y 3 meses cotizados. En cambio, aquellos que cuenten con esos 38 años y 3 meses o más de cotización podrán jubilarse con 65 años.
Años de cotización necesarios para cobrar el 100% de la pensión
Con 15 años cotizados, se tiene derecho al 50 % de la base reguladora. La base reguladora es el resultado de sumar las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses) y dividir el resultado entre 350. A partir de ahí, cuántos más meses tengamos cotizado, mayor será el porcentaje de la base reguladora al que se tiene derecho, siguiendo estos porcentajes:
- Por cada mes adicional de los siguientes 49 meses, se añadirá un 0,21 % extra de la base reguladora.
- Por cada mes adicional hasta el mes 209, se sumará un 0,19 % extra de la base reguladora.
Así, para tener derecho al 100 % de la pensión, será necesario haber cotizado al menos 36 años y 6 meses a lo largo de la vida laboral. Estos porcentajes serán válidos para 2025 y 2026, pero hay que tener en cuenta que en 2027 volverán a cambiar, tal y como regula la Ley 27/2011 en su disposición transitoria vigésima primera, siendo necesario 37 años cotizados.
Ahora no hay que confundir el 100 % de la pensión con la pensión máxima. La pensión máxima se refiere al importe máximo que se puede recibir, ya sea cobrando una sola pensión o varias de manera simultánea. Por otro lado, el 100 % de la pensión corresponde al máximo basado en la base reguladora.
¿Qué pasa si no llego a los 15 años de cotización?
En el caso de haber cotizado menos de 15 años a la Seguridad Social, no se tendrá derecho a la pensión contributiva de jubilación, pero sí a la pensión no contributiva de jubilación, siempre que se tenga al menos 65 años de edad y se demuestre una carencia de ingresos. Esta prestación tiene una cuantía que oscila entre los 141,18 euros y los 564,70 euros, en función de los ingresos y de los miembros que conformen la unidad de convivencia.

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