Casos en los que la Seguridad Social puede quitar de oficio una incapacidad permanente

La Seguridad Social puede revisar una incapacidad permanente y decidir si la suspende de manera temporal o la extingue de manera definitiva.

Una mujer pasea a una anciana en silla de ruedas
Casos en los que la Seguridad Social puede quitar de oficio una incapacidad permanente Europa Press
Francisco Miralles

En España, cerca de un millón de personas son beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente por parte de la Seguridad Social. Aunque la gran mayoría de estas se pueden cobrar hasta la edad de jubilación, lo cierto es que el organismo puede retirar el cobro de la prestación en cualquier momento. Es decir, hay supuestos en los que la Seguridad Social puede quitar una incapacidad permanente en cualquiera de sus grados.

Las pensiones de incapacidad permanente en sus grados de total, absoluta y gran invalidez son revisables hasta cumplir la edad ordinaria de jubilación. Esto significa que la Seguridad Social puede citar a los pensionistas para evaluar nuevamente el grado de incapacidad. Normalmente, esta revisión es cada dos años.

Al poder ser revisada, el organismo público puede suspender o extinguir definitivamente el cobro de una pensión de incapacidad permanente. Esto se debe a que, al igual que tiene la potestad de concederla, también cuenta con la obligación de comprobar que los beneficiarios siga cumpliendo con los criterios que dieron acceso a la prestación.

Así lo explica en su página web la Seguridad Social, en la que a través del tribunal médico conocido como Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) le corresponde “evaluar, calificar y revisar la incapacidad y reconocer el derecho a las prestaciones económicas contributivas”.

una persona en silla de ruedas
La incapacidad permanente suele revisarse cada dos años | EFE

Por ello, al igual que puede rechazar pensiones durante la solicitud si no se cumplen los requisitos, también pueden ser suspendidas o canceladas después de haber sido aprobadas por las mismas razones. La Seguridad Social proporciona en su página web una lista de situaciones en las que puede tomar medidas automáticamente.

En este sentido, el organismo podrán suspender de manera temporal o extinguir de manera definitiva una incapacidad.

Motivos suelen suspender una pensión por incapacidad permanente

La Seguridad Social puede suspender una pensión de incapacidad permanente si determina que los requisitos originales ya no se cumplen o si el beneficiario tiene comportamientos que afectan negativamente su salud. Existe un total de cuatro motivos, siendo los siguientes:

  • Cuando el beneficiario cometió fraude para obtener o mantener la pensión.
  • Cuando la incapacidad se agravó debido a la imprudencia del beneficiario.
  • Cuando la incapacidad permanente empeoró debido a la negativa o abandono del tratamiento médico prescrito durante una incapacidad temporal.
  • Cuando el beneficiario rechaza o abandona tratamientos o procesos de rehabilitación o readaptación.

En qué casos puede extinguir una pensión de incapacidad

Además, en ciertas acciones y debido a la gravedad de las mismas, la Seguridad Social podrán tomar la decisión de extinguir la incapacidad permanente. En otras, palabras que se deja de cobrar de manera definitiva. Estas son las infracciones graves por las que puede acabar en la retirada de la pensión:

  • Cuando una revisión de incapacidad permanente determine que el beneficiario está curado.
  • En caso de fallecimiento del beneficiario.
  • Cuando el beneficiario recibe una pensión de jubilación y la elige.
  • Cuando una revisión de oficio por parte de organismos pertinentes da como resultado la pérdida de la pensión.

¿Puedo reclamar si me quitan la pensión?

La pérdida de una prestación permanente puede tener un impacto económico significativo en muchos beneficiarios que no están al tanto de esta situación. Si alguna persona se encuentra en esta situación y no está de acuerdo, puede presentar una reclamación a través de la sede electrónica de la Seguridad Social a través de la opción ‘Solicitud de revisión de incapacidad permanente’.

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