La Audiencia Provincial de Barcelona ha rechazado condenar a unos inquilinos a los que el casero reclamaba los muebles que se habían llevado de la casa al finalizar el alquiler. Para la justicia, como en el contrato no había inventario ni fotografías que lo demostraran, no quedaba acreditado que hubiera mobiliario que formase parte del alquiler y, por tanto, los inquilinos no tenían que restituirlo.
Según se detalla en la sentencia de 23 de octubre de 2025, cuando el casero recuperó la vivienda, puso una denuncia ante los Mossos d’Esquadra porque habían desaparecido todos los muebles de la vivienda. En aquella denuncia valoró los objetos entre 25.000 y 30.000 euros, aunque posteriormente presentó una demanda civil en la que reclamó 9.500 euros por los bienes supuestamente sustraídos.
Los inquilinos negaron haberse llevado los muebles y sostuvieron que el piso se había alquilado sin amueblar. El Juzgado de Primera Instancia número 56 de Barcelona rechazó la reclamación de los muebles al comprobar que el contrato solo hacía referencia a la vivienda y no contenía ningún inventario, algo que posteriormente confirmó la Audiencia Provincial.
No incluir los muebles en el contrato impide exigir su devolución
La Audiencia señala que, aunque el artículo 1.561 del Código Civil (que se puede consultar en este BOE) obliga al inquilino a devolver la vivienda tal y como la recibió, el casero tiene que poder demostrar que los muebles estaban y formaban parte del alquiler.
En este caso, el contrato solo mencionaba la vivienda y no incluía inventario ni fotografías, y además se señala en la sentencia que, si los muebles eran importantes, deberían haberse identificado expresamente. Al no hacerlo, incluso podía entenderse que el casero había autorizado a disponer de ellos.
Las fotografías y el informe pericial no fueron suficientes
Aunque el casero aportó fotografías y un informe pericial que valoraba los objetos en 9.500 euros, no logró demostrar qué bienes había realmente en la vivienda, cuál era su estado ni si eran de su propiedad.
Además, el perito realizó la valoración basándose en la información facilitada por el propio dueño, sin contar con un inventario previo. Por ello, la Audiencia concluyó que, como no se acreditó que hubiera muebles, los inquilinos no tenían que responder por ellos. No obstante, contra dicha sentencia (SAP B 10528/2025) cabía recurso de casación.