El Impuesto de Sucesiones en Cataluña es un tributo que estás obligado a pagar si has recibido una herencia. En España son las comunidades autónomas las que se encargan de regularlos para determinar cuánto debe pagar el heredero. Este es el motivo por el que cambia mucho de una región a otra. Por ejemplo, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Andalucía ya se puede bonificar hasta el 99%. Así es cómo se tributa una herencia en Cataluña.
Esta es la guía completa del Impuesto de Sucesiones en Cataluña: cuánto vas a tener que pagar, reducciones a las que puedes acogerte, qué plazo tienes para presentar los modelos y la normativa vigente.
Qué es el Impuesto de Sucesiones en Cataluña
El Impuesto de Sucesiones en Cataluña es la cantidad que tiene que pagar la persona que reciba una herencia. Está regulado en la Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones, y refleja todas las reducciones aplicables en función del grado de parentesco, las tarifas y las obligaciones que tienen todos los herederos. En esta comunidad autónoma, cualquier adquisición por causa del fallecimiento de una persona tiene que tributarse.
Si el fallecido residía en este territorio en los últimos 5 años de su vida, será competencia de la Administración tributaria de Cataluña. Pero, es muy importante saber que, si el heredero o el fallecido tienen su residencia fuera de España, se encargará la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT).
Según explica la Generalitat de Cataluña, cuando se recibe una herencia o un legado hay que presentar la declaración del impuesto, que se hace con los modelos 660 y 650, aunque no salga ningún importe a pagar.
¿Quién debe declarar el Impuesto de Sucesiones en Cataluña?
En Cataluña la persona que debe presentar el Impuesto de Sucesiones es aquella que haya recibido un bien o derecho como consecuencia de una muerte. Puede ser:
- En transmisiones por causa de muerte: el heredero, legatario, fideicomisario, legitimario o beneficiario de un seguro de vida.
- Si quien reciba la herencia es una persona jurídica, como una sociedad o una fundación, la operación tributa por el impuesto sobre sociedades.
Plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones en Cataluña si acabas de heredar
El plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones en Cataluña es de seis meses, contando desde la fecha de la defunción. Se puede hacer por Internet o de manera presencial.
- Se computa de fecha a fecha.
- La Generalitat de Cataluña explica que en caso de que en el mes de vencimiento no haya días equivalentes al que se inició el periodo (por ejemplo, que sea día 31), se entiende que acaba el último día del mes.
- Si esta fecha cae en sábado, domingo o festivo, se prorroga al primer día hábil.
Cuándo se puede pedir una prórroga
Se puede pedir una prórroga dentro de los cinco primeros meses desde el fallecimiento por seis meses más. Por lo tanto, el plazo para la tributación sería de un año completo. Pero, es muy importante saber que esta prórroga genera intereses por cada día de retraso.
Cómo calcular cuánto tengo que pagar por el impuesto de sucesiones
Este es el proceso para calcular cuánto tienes que declarar por el Impuesto de Sucesiones en la comunidad autónoma catalana:
- Calcular el valor de todos los bienes y derechos que forman parte de la herencia. Es lo que se conoce como “masa hereditaria”.
- A este valor tienes que sumar el ajuar doméstico del difunto. Se calcula en un 3% del importe de la suma con determinados bienes declarados.
- Del importe que resulte de lo anterior, se restan las cargas, deudas y gastos. Después de este paso ya sabrás cuál es la herencia neta.
- Para conocer el importe que le corresponde a cada heredero, se deben repartir los bienes y derechos a cada uno, según la proporción que les corresponda. Habrá que añadir el importe de los seguros de vida.
Sobre el importe de la base liquidable hay que aplicar la tarifa para saber la cuota íntegra que hay que pagar. Cuando se sepa hay que aplicar un coeficiente multiplicador que depende del grado de parentesco con el fallecido y del patrimonio preexistente. El resultado de esto es lo que tienes que pagar por heredar en Cataluña.
Este es el esquema:
- Valor de los bienes y derechos + adición de bienes = base imponible
- Base imponible – reducciones aplicables = base liquidable
- Base liquidable x tarifa = cuota íntegra
- Cuota íntegra x coeficiente multiplicador = cuota tributaria
- Cuota tributaria – bonificaciones - deducción por doble imposición = importe a pagar
Reducciones del impuesto de sucesiones
Estas son todas las reducciones que pueden aplicarse las personas que hereden en Cataluña sobre el Impuesto de Sucesiones. Se aplica sobre la parte liquidable que le corresponde a cada uno:
- Personas con una discapacidad reconocida del 33%: 275.000 euros y si es del 66% es de 650.000 euros.
- Personas mayores de 75 años del grupo II de parentesco: 275.000 euros.
- Beneficiarios de seguros de vida: reducción adicional de hasta 25.000 euros en función del grado de parentesco.
- Para la adquisición de la vivienda habitual: 95% hasta un máximo de 500.000 euros.
- Para empresa individual o actividad profesional, participación en entidades, bienes culturales, fincas rústicas forestales, explotaciones agrarias o bienes que ya hubiesen tributado por sucesiones en los 10 años anteriores.
Por parentesco
- La pareja: 100.000 euros.
- Hijos o descendientes mayores de 21 años: 100.000 euros.
- Hijos o descendientes menores de 21 años: reducción adicional de 12.000 euros por cada año de menos de 21 años que tenga.
Bonificaciones del impuesto de sucesiones
En el caso de Cataluña, estas son las bonificaciones aplicables:
- Bonificación del 99% para el cónyuge.
- Bonificación en función del grupo de parentesco, excepto el cónyuge. Es del 99% para el grupo I, el más cercano, y del 60% para el grupo II. Se van reduciendo de manera progresiva conforme el parentesco es más lejano.
Cómo pagar el Impuesto de Sucesiones en Cataluña
Para pagar el Impuesto de Sucesiones en Cataluña hay que:
- Presentar la autoliquidación en el modelo 650: identifica al contribuyente individual y en el que se calcula la cuota que le corresponde en función de los bienes y derechos.
- Debe ir acompañada del modelo 660: es la declaración de sucesiones en el que se exponen los datos del fallecido y de las personas interesadas en la sucesión. También se detallan cada uno de los bienes y derechos que se adquieren.
La deuda se puede pagar a plazos cuando el contribuyente no pueda hacer frente en el plazo establecido por sus circunstancias.
Documentos que debes presentar
- Certificado de defunción.
- Certificado de últimas voluntades.
- Copia autorizada del testamento.
- Si no se tiene el testamento, acta de notoriedad de declaración de herederos intestados.
- Certificado de la compañía aseguradora y los contratos de seguros.
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