
Hacienda controla los movimientos de dinero que realizan los españoles, para, en caso de fraudes o evasión fiscal, imponerles las correspondientes multas. Pero no son las transferencias o los pagos en efectivo lo único que vigila la Agencia Tributaria, también está atenta a las compraventas de viviendas, y podría multar con hasta 100.000 euros a los propietarios que las vendan a precios demasiado bajos.
Aunque lo habitual es que los dueños de los inmuebles, cuando deciden venderlos, quieran hacerlo al precio más alto posible. Pero la compraventa puede ser la forma en la que algunos, intenten ahorrarse impuestos. Como, por ejemplo, intentando “camuflar” una donación como si fuera una venta para ahorrarse el pago del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
Para evitar este tipo de fraudes fiscales, o irregularidades en estas operaciones, desde la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) se fijan en el precio de venta, y en el caso de que esté muy por debajo de su valor de mercado, podría multar a los propietarios si lo hacen por debajo de ciertos límites.
Hasta 100.000 euros de multa por vender una vivienda a un precio demasiado bajo
Para determinar si una vivienda se vende a un precio demasiado bajo como ser motivo de una multa de Hacienda, se tiene en cuenta el valor de mercado del inmueble. Según explican desde el portal inmobiliario Idealista, las sanciones de la Agencia Tributaria dependerán de en qué proporción el precio por el que vende es menor al valor de mercado.
- Ventas con un precio entre el 10% y el 5% inferior al valor real de la vivienda: se considera una sanción leve con multas de entre 1.000 y 10.000 euros.
- Ventas con un precio inferior al 5% del valor del inmueble: se trata de una sanción grave y el importe de las multas oscilan entre los 20.000 y los 100.000 euros. Podría incluso suponer penas de entre 6 meses y 2 años de prisión.
De este modo, si se vende una casa con un valor de mercado de 200.000 euros, los límites sancionables serían los siguientes:
- Sanciones leves (1.000 a 10.000 euros): si la operación se realiza por un precio de entre 20.000 euros y 10.000 euros.
- Sanciones graves (20.000 a 100.000 euros): si el precio es menor a 10.000 euros.
Hacienda recuerda además a través de su web que cuando se vende un inmueble debe incluirse también en la declaración de la Renta la ganancia o pérdida patrimonial, y que en el caso de que se trate de la venta de la vivienda habitual hay ocasiones en que las ganancias pueden quedar exentas.
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