El BOE (Boletín Oficial del Estado) ha publicado la resolución del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) por la que se convoca la concesión de subvenciones a personas mayores, personas con discapacidad y en situación de dependencia residentes en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla durante el año 2026. La convocatoria que ha sido publicada este miércoles, cuenta con un presupuesto de 1.217.922,60 euros.
Como recoge este documento oficial, la ayuda tiene la finalidad de facilitar la movilidad y la comunicación así como la autonomía personal de estos colectivos. Podrán acceder a esta prestación también las entidades y organizaciones no gubernamentales que estén especializadas en la atención a personas mayores y con discapacidad en estas dos ciudades y que cumplan con todos los requisitos planteados.
Quién puede pedir esta ayuda del Imserso
La ayuda del Imserso, como señala el BOE, se dirige a varios grupos de beneficiarios. Por un lado, podrán pedirla las personas mayores, con discapacidad y las personas que estén en situación de dependencia y empadronados en Ceuta o Melilla.
Pero también podrán optar a estas ayudas las entidades y organizaciones no gubernamentales de atención a personas mayores y a personas con discapacidad que tengan el ámbito de actuación en estas ciudades autónomas.
El BOE no detalla la cuantía concreta para cada beneficiario en el reparto de las ayudas, pero sí refleja la cuantía total que supera los 1,2 millones de euros.
Requisitos para solicitar la nueva subvención
El Imserso establece varios requisitos, los comunes y los específicos. En estos últimos aparece que hay que tener la condición de persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social, contar con 65 años o más y en el caso de las personas con discapacidad tenerla reconocida con un 33% o superior.
Cuando la persona que va a recibir la ayuda está en situación de dependencia, habrá que revisar la valoración de la misma, y en qué medida necesita la ayuda. Esto es, si hace falta realizar alguna adaptación del hogar o adquirir materiales de apoyo.
Por otra parte, las entidades y organizaciones no gubernamentales de atención habitual a mayores deberán tener su domicilio en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, estar legalmente constituídas e inscritas en el registro administrativo, no tener fines de lucro y dedicarse a la atención de mayores y personas con discapacidad.
Toda la información y requisitos se podrá consultar en este enlace que lleva la web del Gobierno de España donde se encuentran todas las subvenciones.
Plazo para presentar las solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contando a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el BOE. De modo que, si se ha publicado el 3 de junio, el plazo comienza el 4 de junio.
Según la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los plazos se fijan por meses y se computan desde el día siguiente a su publicación pero terminan el mismo día en que se produjo la publicación en el mes de vencimiento por tanto el plazo terminaría el 3 de julio de 2026.

