Hacienda avisa a todos los trabajadores que cobren más de este dinero en la nómina

Los trabajadores que cobren un salario por encima de los 22.000 euros están obligados a presentar la declaración de la Renta. Pero ¿qué pasa si se cobra menos?

María Jesus Montero, Ministra Hacienda
Hacienda avisa a todos los trabajadores que cobren más de este dinero en la nómina EFE
Lucía Rodríguez Ayala

Hacienda tiene un importante aviso para todos los trabajadores, y no es ni más ni menos que cumplan con sus obligaciones fiscales. Y es que la Agencia Tributaria está en plena campaña de la Renta, que comenzó el pasado 3 de abril. De este modo, los trabajadores, en función de su sueldo, están obligados a declarar por el Impuesto de la Renta de las personas Físicas (IRPF). Pero, ¿a partir de qué importe en la nómina se está obligado a presentar la declaración?

El límite de ingresos para este 2024, en el que se declaran las rentas recibidas durante el ejercicio 2023, es con carácter general de 22.000 euros anuales. Por tanto, las personas que hubieran recibido ese dinero durante el 2023 estarán obligados a presentar la declaración ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaría (AEAT). 

En el caso de los trabajadores que solo hayan tenido ingresos por rendimientos de trabajo, es decir, los procedentes de sus empleos, tendrán que hacerla si llegaron a cobrar por sus empleos estos 22.000 euros al año, lo que equivaldría a: 

  • 1.833 euros mensuales, si se cobra en 12 pagas.
  • 1.571 euros mensuales, si se cobra en 14 pagas.

Casos en los que hay que hacer la declaración de la Renta si se cobran menos de 22.000 euros al año

Los trabajadores que reciben una nómina menor a 22.000 euros, no siempre están exentos de presentar la declaración de la Renta ante Hacienda. Y es que según explica la propia agencia a través de su web habrá que tener en cuenta los siguientes límites

Si se cobran entre 15.000 y 22.000 euros al año

Los trabajadores en ese rango salarial, o lo que es lo mismo, entre 1.250 euros y 1.833 euros en 12 pagas o 1.071 euros y 1.571 euros en 14 pagas.

  • No tendrán que declarar en el caso de que obtengan los rendimientos íntegros del trabajo de un único pagador.
  • Si han tenido más de un pagador, tendrán que hacerlo, si el sueldo recibido del segundo, o sucesivos pagadores, es mayor a 1.500 euros. 

Si se cobran menos de 15.000 euros al año 

En el caso de recibir un salario inferior a los 15.000 euros, es decir, menos de 1.250 euros en 12 pagas o 1.071 si se recibe en 14 pagas, no se estará obligado a presentar la declaración en ningún caso, independientemente de que se tengan uno o dos pagadores. 

Solamente tributará en el IRPF aquellos trabajadores que quieran aplicar algún tipo de deducción, ya sea por vivienda habitual, alquiler, seguros, pero en cualquier caso, la presentación se hará de forma voluntaria. 

Qué pasa si no se hace la declaración de la renta 

Los trabajadores que estén obligados a presentar la declaración de la Renta y no lo hagan, se enfrentan a sanciones de Hacienda.

Estas sanciones varían dependiendo de si la declaración sale a pagar o a devolver, pero los importes oscilan entre los 100 euros y el 150% de la cantidad a pagar, más los correspondientes intereses de demora. 

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