
La Seguridad Social abona el Ingreso Mínimo Vital (IMV) a mes vencido, entre los días 1 y 4 de cada mes. Por tanto, en este mes de abril de 2025, los beneficiarios recibirán el ingreso correspondiente en sus cuentas entre el martes 1 y el viernes 4 de abril, aunque la fecha exacta puede variar según la entidad bancaria, ya que algunas acostumbran a adelantar el pago.
La Tesorería General de la Seguridad Social está obligada a realizar el abono dentro de ese plazo, tal y como establece el artículo 24.2 del Real Decreto 696/2018. Esto garantiza que todos los beneficiarios del IMV deben tener el dinero disponible en sus cuentas antes del sábado 5 de abril, independientemente del banco con el que operen.
Bancos que adelantan el Ingreso Mínimo Vital en abril de 2025
Algunos bancos adelantan el pago del Ingreso Mínimo Vital, por lo que muchos beneficiarios pueden recibir el dinero antes del día 4 de abril. Las entidades que suelen hacerlo son CaixaBank, BBVA, Banco Santander, ING, Bankinter, Unicaja, Caja Rural, Abanca, Banco Sabadell y Cajasur. A diferencia de las pensiones, el IMV no tiene una fecha fija de cobro, así que la fecha exacta depende del banco.
Para hacerlo, bancos tienen lo que se conoce como una Cuenta Única Centralizada de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Con ella pueden conocer con antelación quienes son los beneficiarios y la cuantía de Ingreso Mínimo Vital que abonar, para facilitar los ingresos que se realicen antes de la “fecha valor”, que es el límite que dice la ley.
Cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital la primera vez
En el caso de quienes cobran el Ingreso Mínimo Vital por primera vez, la fecha del primer pago depende de cuándo se ha aprobado la solicitud. Si la prestación fue aprobada entre el 10 y el 12 de marzo de 2025, el primer ingreso se realizó en los primeros días de abril. Si la aprobación fue posterior, el abono se hará durante el mes siguiente, es decir, en mayo.
Esto significa que no todos los nuevos beneficiarios cobran en la misma fecha, ya que el calendario depende del momento exacto en que se resuelve el expediente. Aun así, la Seguridad Social garantiza el pago de todas las mensualidades con carácter retroactivo. Es decir, aunque el ingreso llegue más tarde, el beneficiario recibe el importe completo correspondiente desde la fecha en que le aprobaron la ayuda.
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