El casero puede entrar en el piso alquilado en estos casos

El propietario tendrá que contar con el consentimiento del inquilino para poder entrar en la vivienda, salvo en estas excepciones.

Hombre abriendo la puerta de una casa
El casero puede entrar en el piso alquilado en estos casos Canva
Lucía Rodríguez Ayala

Alquilar una vivienda en España puede generar grandes ventajas tanto para propietarios como para inquilinos, pero también pueden suponer una fuente de conflictos entre las partes si no se tienen claras las obligaciones y limitaciones que cada uno tiene. Más aún si no están especificadas en el contrato de arrendamiento. En lo relacionado con estas limitaciones, una de las dudas que siempre se genera es si puede el casero entrar en la propiedad arrendada sin consentimiento del inquilino.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que el alquiler supone la cesión del propietario del uso de la vivienda a cambio de una renta. En el momento que esta vivienda pasa a convertirse en el domicilio del inquilino, es este quien decide quién puede o no entrar en ella, tal y como establece la Constitución, el domicilio es inviolable. 

Por tanto el propietario de la vivienda no podrá entrar en la misma si no tiene consentimiento expreso. Pero esto también puede generar ciertas dudas, sobre si existe alguna excepción. 

Cuándo puede el casero entrar en la vivienda que tiene alquilada

Como se ha dicho, la norma general es que el propietario de la vivienda no pueda entrar libremente en la propiedad alquilada, ya que de esta forma estaría violando el domicilio del inquilino, y por tanto su privacidad. Esto debe ser así incluso en los casos en los que este no esté pagando el alquiler. 

Si pese a no tener consentimiento, decide entrar en la propiedad, estaría cometiendo un delito grave de allanamiento de morada, y pese a que se trate de una vivienda de su propiedad puede ser castigado con penas de cárcel, según lo estipulado en el Código Penal.

Toda norma tiene sus excepciones, y estos son los casos en los que podrían hacerlo: 

  • Que se hubiera pactado de antemano en el contrato de alquiler que el propietario pudiera tener acceso a la vivienda. 
  • Que tengan indicios de un flagrante delito.

Existe un último caso, pero con particularidades, y es que se tengan que hacer reparaciones para mantener las condiciones de habitabilidad, en este caso el casero o en su defecto el técnico tendrían que poder acceder a la vivienda, pero es necesario que el inquilino de su consentimiento, si este se niega los daños que se produzcan por no haber realizado esas reparaciones serán su responsabilidad y deberá hacer frente a los gastos que se produzcan. 

¿Qué pasa si el propietario quiere vender la vivienda?

En el caso de que el propietario quiera vender la vivienda, mientras esta está alquilada el inquilino no está obligado a tener que recibir las visitas, por tanto para poder ir a ver la vivienda con los interesados en comprarla se deberá contar el consentimiento del inquilino. 

En estos casos lo más habitual es que se llegue a un acuerdo con el arrendatario para que se puedan realizar las visitas a la vivienda ocasionando las menores molestias. 

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