
La Renta Mínima de Inserción (RMI) en Andalucía es una prestación económica destinada a cubrir las necesidades básicas de las personas y unidades familiares que no disponen de recursos suficientes, cuya cuantía puede llegar hasta los 1.449 euros. Aunque tiene similitudes con el Ingreso Mínimo Vital (IMV), son prestaciones diferentes, ya que el Salario Social de Andalucía es una ayuda de ámbito autonómico y complementaria a otras prestaciones
Regulada mediante el Decreto-ley 3/2017, la RMI tiene como objetivo no solo satisfacer las necesidades básicas de quienes carecen de ingresos suficientes, sino también promover su inclusión social y laboral a través de programas específicos. Al ser una medida autonómica, se integra en el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, permitiendo así una adaptación a las necesidades particulares de la comunidad.
Requisitos para acceder a la Renta Mínima de Inserción en Andalucía
Para acceder a la Renta Mínima de Inserción en Andalucía es necesario residir de forma permanente y legal en la Comunidad Autónoma. También hay que estar empadronado y tener el domicilio fiscal en el mismo sitio que la unidad familiar. Hay que saber que la Junta de Andalucía considera unidad familiar a la conformada por el solicitante y aquellos miembros que convivan con él —ya sea por vínculos de parentesco, matrimonio, unión de hecho u otras relaciones análogas—, siempre que todos cuenten con empadronamiento conjunto.
Por otro lado, hay que tener una edad comprendida entre los 25 y 64 años, aunque, también podrán acceder las personas entre 18 y 24 años o de 65 años en adelante si cumplen ciertos requisitos. Estos son tener menores o personas con discapacidad a cargo, haber sido víctimas de violencia de género, haber estado bajo tutela o acogimiento, o encontrarse en alguna situación de urgencia o emergencia social.
Por último, y al ser una ayuda destinada a combatir la falta de ingresos, será necesario carecer de recursos económicos suficientes. La RMI actúa de forma subsidiaria, lo que significa que complementa otras prestaciones a las que la familia tenga derecho, descontando cualquier ingreso adicional. La Junta de Andalucía cuenta con este simulador, para saber si se tiene derecho a la prestación
Cuantía de la Renta Mínima de Inserción en Andalucía
En 2025, la cuantía de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía se determina a partir de un importe base, el cual esta vinculado al de las pensiones no contributivas, que se sitúa en 7.905,80 € anuales. Esto equivale a 658,82 € mensuales para una unidad familiar unipersonal (una sola persona), ya que la misma se cobra en 12 pagas.
A partir de esa base, se aplica un incremento del 30% por cada miembro adicional de la unidad familiar (salvo en casos de custodia compartida), lo que supone un complemento de 197,64 € mensuales por cada persona extra. Asimismo, se establece una cuantía mínima de 158,12 € mensuales (equivalente al 24% del importe anual de las pensiones no contributivas repartido en 12 meses) y una cuantía máxima de 1.449,40 € mensuales (220% de dicho importe).

Sabiendo como funciona, las cuantías para este año son las siguientes:
- Una sola persona: 658,82 € mensuales (7.905,80 € anuales).
- 2 miembros: 856,46 € mensuales (10.277,54 € anuales).
- 3 miembros: 1.054,11 € mensuales (12.649,28 € anuales).
- 4 miembros: 1.251,75 € mensuales (15.021,02 € anuales).
- 5 o más miembros: 1.449,40 € mensuales (17.392,76 € anuales).
Además, las cuantías incrementarán en estas situaciones:
- En los casos de custodia compartida, se añade un complemento de 98,82 € mensuales (1.185,88 € anuales).
- Para familias monomarentales o monoparentales, el complemento es de 144,94 € mensuales (1.739,28 € anuales).
- Para situaciones de discapacidad del 33% sin prestación adicional, también de 144,94 € mensuales (1.739,28 € anuales).
¿Cómo solicitar la Renta Mínima de Inserción en Andalucía?
Se puede solicitar a través del modelo oficial de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales (se puede descargar en este enlace). Una vez rellenado hay que presentarlo en el centro municipal de Servicios Sociales correspondiente a su domicilio o presentar la solicitud de manera telemática, aportando la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, como el empadronamiento en Andalucía, la residencia estable y la situación de carencia de ingresos.
Presentada la solicitud, la Junta de Andalucía solicitará la verificación y evaluación del expediente para determinar si se cumplen con las condiciones para cobrarla ayuda.
¿Cuándo optar por la Renta Mínima de Inserción y cuándo por el Ingreso Mínimo Vital?
Aunque la Renta Mínima de Inserción y el Ingreso Mínimo Vital son muy parecidos, en realidad no lo son y dependiendo de la situación habrá que optar a una u otra prestación. El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda de carácter estatal (para toda España), permanente y se concede sin exigir la participación en programas de inserción. En cambio, la Renta Mínima de Inserción es una medida autonómica ,en este caso de Andalucía que, además de complementar los ingresos, exige integrarse en un plan de inclusión sociolaboral para favorecer la reinserción en el mercado de trabajo y en la sociedad.
Asimismo, la RMI actúa de forma complementaria a los ingresos, lo que significa que se suma a otros ingresos para cubrir ese umbral de rentas mínimo, y suele solicitarse cuando se han agotado otras ayudas.
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