Una inquilina rompe el contrato de alquiler porque la casera no le avisó de las obras del ascensor: la Justicia deja que se marche sin indemnización porque afectaba al uso normal de la vivienda

Dejar sin ascensor una vivienda situada en una planta alta supone una limitación grave del uso de la casa y permite resolver el contrato de alquiler.

Ascensor de un edificio |Getty
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La Audiencia Provincial de Pontevedra ha dado la razón a una inquilina permitiendo romper el contrato de alquiler de una vivienda porque se encontró, pocos días después de alquilarlo, con que iba a quedarse sin ascensor por unas obras en la comunidad. La justicia considera que la falta de ascensor afecta al uso normal de la vivienda y que la casera tenía la obligación de haberla avisado antes de firmar. 

Según la sentencia de 19 de diciembre de 2025, el contrato se firmó el 28 de diciembre de 2019 y pocos días después, el 9 de enero de 2020 el administrador de fincas colocó un cartel en el portal informando de que el 13 de enero empezarían las obras del nuevo asesor. Eso supondría que desde el 27 de enero estarían sin poder usar el ascensor hasta que acaban las obras.

La inquilina pidió que se diera por terminado el contrato y se la indemnizará ya que la casera no le había dicho nada de unas obras que la dejarían sin ascensor pese a que el piso se encuentra en una planta alta. El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Vigo le dio inicialmente la razón y, aunque la arrendadora recurrió, la Audiencia confirmó que la inquilina podía romper el alquiler por la falta de información sobre las obras del ascensor.

La falta de ascensor justificaba romper el contrato de alquiler

La sentencia recoge que las obras habían sido aprobadas por la comunidad en 2017, por lo que la casera sabía de la existencia de las mismas y la inquilina no tuvo constancia de ellas hasta días después de haber firmado el contrato de alquiler. 

Para la Audiencia, que durante el tiempo que duraron las obras no se pudiera usar el ascensor supuso un punto clave al estar la vivienda situada en una planta alta, ya que no podía considerarse una simple molestia, sino una “limitación y perturbación grave” del uso normal de la casa.

El 27.1 de la LAU establece que tanto casero como inquilino podrán finalizar el contrato de alquiler si alguna de las partes incumple, y en el apartado 3 del mismo artículo determina las causas por las que se puede resolver y una de ellas es “la perturbación de hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de la vivienda”

Además, recordó que el casero tiene la obligación de entregar la vivienda para el uso pactado tal y como recoge el artículo 1554.1 del Código Civil. Además de que el artículo 22 de la LAU, exige comunicar al inquilino aquellas obras que puedan afectar al uso de la vivienda. En este caso, la casera no avisó antes de firmar el contrato de una obra que ya estaba acordada y que iba a dejar el edificio sin ascensor.

Por todo ello, el tribunal concluyó que la inquilina estaba autorizada a finalizar el contrato anticipadamente sin tener que pagar la indemnización prevista en la LAU. No obstante, la sentencia no fue firme y podía ser recurrida en casación. 

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