Alrededor de 2.700.000 millones cobran una prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), según los últimos datos aportados por el Ministerio de Trabajo. Al término del mes de mayo, ya son muchos los desempleados que dudan de cuánto se cobra el paro en junio de 2023. Y es que algunas entidades bancarias, como CaixaBank, BBVA o Banco Santander, pueden adelantarse a esa fecha.
Ante el aluvión de dudas que llegan a las redes sociales del SEPE, el organismo público ha querido dar respuesta a esa cuestión, porque en ese día no solo reciben la ayuda quienes cobren la prestación contributiva. También ven ingresados los 480 euros mensuales los beneficiarios de los subsidios por desempleo.
Como han informado desde su canal de Twitter, el pago de las prestaciones se efectúa por ley a partir del día 10 de cada mes. Una fecha que cambia al siguiente día hábil del mes correspondiente en caso de que sea festivo.
¿Qué día se cobra el paro en junio de 2023?
Todas las prestaciones por desempleo del SEPE se cobran a mes vencido, es decir, al mes siguiente. En esta ocasión, el día de cobro del paro será entre el lunes, 12 de junio y el jueves, 15 de junio de 2023. El motivo de por qué no se realiza el día 10 es porque, tanto ese día como el 11 corresponden con sábado y domingo, respectivamente, y en esas fechas la administración no lleva a cabo ninguna actividad.
Tal y como ha podido conocer NoticiasTrabajo, estas son las fechas de cobro de las prestaciones por desempleo de cada entidad bancaria para mayo de 2023:
- CaixaBank: 12 de junio.
- Banco Santander: 12 de junio.
- BBVA: 12 de junio.
- Abanca: 12 de junio.
- Openbank: 12 de junio.
- ING: 12 de junio.
- Ibercaja: 5 de junio.
- Cajamar: 12 de junio.
- Banco Sabadell: 12 de junio.
- Cajasur: 12 de junio.
- Bankinter: 12 de junio.
- Openbank: 12 de junio.
- Unicaja: 12 de junio.
- Banco Mediolanum: 5 de junio.
¿Cuándo se cobra el primer mes de paro?
En el caso de que la persona haya quedado desempleada y sea el primer mes que cobra, el dinero a recibir corresponde con la parte proporcional a los días en que el desempleado ha tenido reconocido su derecho en los días 1 a 30/31 del mes anterior.
Por tanto, se sigue cobrando entre los días 10 y 15 de cada mes, pero solo por días sueltos y no meses completos, siempre que sea el primer pago del paro.
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