La ayuda de 1.243 euros al mes que puedes cobrar de la Seguridad Social si tienes hijos

La Seguridad Social contempla varios supuestos en los que una familia con hijos puede cobrar más de 1.243 euros mensuales si tienen carencia de rentas. Estos son los requisitos.

Así puedes cobrar la ayuda de 1.243 euros de la Seguridad Social para las familias con hijos Archivo
Isabel Gómez

Tener hijos menores de edad a cargo y no poder llegar a final de mes es uno de los problemas más comunes en las familias españolas con bajos recursos económicos. Para asegurarles un mínimo de rentas, la Seguridad Social les permite cobrar una ayuda de más de 1.243 euros al mes para la que tendrán que cumplir unas condiciones específicas. 

Los esfuerzos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, bajo el mando de José Luis Escrivá, contempla la posibilidad de que las personas que no lleguen a unos límites de rentas y de patrimonio anuales puedan cobrar una renta garantizada y evitar que caigan en situaciones económicas difíciles o de exclusión social. 

Consiste en el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación no contributiva cuya cuantía viene también determinada por el número de personas que formen parte de la unidad familiar que conviva con el titular de la ayuda. Actualmente, ya beneficia a más de 1,7 millones de personas, de los que 600.000 son hogares con menores. 

Antes de explicar quiénes son los posibles beneficiarios, es necesario tener en cuenta que no consiste en una cuantía fija, sino que esta viene condicionada también por la situación laboral del titular. En caso de estar desempleado, es posible cobrarla al 100% mientras que si se está en activo, corresponde la parte diferencial entre el salario y el límite fijado por la administración pública.

Requisitos para cobrar la ayuda de 1.243 euros al mes

Los requisitos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital están recogidos tanto en la web del Ministerio de la Seguridad Social como en el artículo 7 del RDL 20/2020. Corresponde con los detallados a continuación:

Tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años. Pueden solicitarlo los mayores de 18 siempre que tengan al menos un menor a su cargo. Todos deben residir de forma legal y continuada en España durante, al menos, un año anterior a la solicitud. Verdaderamente, están exentos de esta condición las víctimas de violencia de género, de explotación sexual y de trata de seres humanos.

Hay que demostrar una situación de vulnerabilidad económica, donde se tienen en cuenta las rentas y patrimonios del solicitante y de la unidad de convivencia. Nunca podrá superarse el umbral para cada tipo de familia: los límites oscilan entre los 16.917,60 euros al año para una persona sola hasta los 43.985,76 euros anuales para una familia de cuatro adultos y un menor.

Los solicitantes que vivan solos deben acreditar esa condición durante un mínimo de tres años anteriores a la solicitud. Agotar toda prestación y pensión a la que tenga derecho. Aquí queda excluido el paro y los subsidios por desempleo del SEPE y las rentas mínimas de inserción de las comunidades autónomas.

Por último, figurar inscrito como demandante de empleo. La solicitud del IMV puede presentarse sin acreditar esta condición, aunque el alta debe hacerse en el plazo máximo de seis meses.

Las familias que pueden cobrar 1.243 euros de Ingreso Mínimo Vital

Dentro de las estructuras familiares donde quedan definidas las cuantías del Ingreso Mínimo Vital para 2023, no todas pueden cobrar 1.243,83 euros. Sí que pueden recibirlo:

  • Las familias formadas por dos adultos y tres o más menores.
  • Las familias de tres adultos y dos o más menores.
  • Las familias de cuatro adultos y un niño.
  • Otras unidades de convivencia con un número de beneficiarios mayor.

Como se ha especificado antes, no es una cuantía completa cuando las personas titulares estén trabajando, sino que solo la cobrarán al 100% las personas que estén desempleadas.

Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital en 2023

La Seguridad Social permite enviar la solicitud del Ingreso Mínimo Vital por dos vías, o por Internet o a través de las oficinas y Centros de Atención e Información (CAISS) de esa administración pública.

Para hacerlo por esta última vía, únicamente es necesario reunir toda la documentación requerida y acudir a las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social habilitadas para este trámite. Eso sí, es imprescindible pedir cita previa por Internet.

Cuando el solicitante decide hacerlo vía telemática, puede solicitarlo con y sin certificado digital en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. En las situaciones donde sí se tenga, el sistema pide primero los datos personales y los de la unidad de convivencia y, posteriormente, adjuntar la documentación. Una vez finalizada queda generado un código para consultar el estado de la solicitud.

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