Para conseguir la concesión de una pensión por incapacidad permanente, es necesario primero enviar una solicitud. Así, se trata de un procedimiento que puede iniciar el propio trabajador, si bien hay situaciones donde la Seguridad Social o la Mutua correspondiente puede proponerla. Este supuesto se produce cuando el empleado lleva de baja temporal unos 18 meses, equivalentes a un año y medio, y la enfermedad no ha mejorado, no esperándose tampoco que lo haga en el futuro.
No obstante, en caso de que ninguno de estos organismos se manifieste, es el trabajador quien debe enviar la solicitud al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Para ello, el demandante deberá entregar la siguiente documentación:
- DNI (también del representante legal en caso de que lo hubiese).
- En caso de que el interesado necesite representación legal, tenga asignado un tutor o sea un menor de edad emancipado, tiene que presentar los documentos acreditativos: certificado de empadronamiento o documento que acredite convivencia en caso de guardador de hecho y resolución judicial en caso de curador o defensor judicial.
- Historial clínico.
- Certificado del Registro Civil o libro de familia cuando se produzca resolución judicial de adopción o decisión administrativa o judicial de acogimiento que acrediten, según el caso, nacimientos, abortos, adopciones o acogimientos alegados.
En caso de que la incapacidad permanente se produzca por enfermedad común o accidente no laboral, los autónomos también tendrán que presentar el justificante de pago de las cotizaciones durante el periodo en que se ha producido la misma. Si, por el contrario, se hubiera producido por accidente de trabajo o enfermedad profesional, habrá que entregar el parte administrativo del accidente o la enfermedad donde se detalle la contingencia. También el certificado de la empresa donde se reflejen los salarios percibidos por el trabajador en el año anterior.
Rellenar el formulario de la solicitud de la incapacidad permanente
El formulario de solicitud para conseguir una pensión por incapacidad permanente se encuentra publicado en la página web de la Seguridad Social, pudiendo acceder al modelo pulsando en el enlace anterior. Este está compuesto por distintos campos que se deberán rellenar cuidadosamente, tratándose de los siguientes:
- Datos personales.
- Otros datos (lengua oficial y domicilio donde enviar las notificaciones).
- Datos de situación laboral.
- Datos para el reconocimiento de beneficios por cuidado de hijos, adoptados o menores acogidos del complemento para la reducción de la brecha de género y días cotizados por parto.
- Datos relacionados con la prestación solicitada.
- Alegaciones.
- Datos bancarios.
Existe un último campo que se encargar de cumplimentar la administración de la Seguridad Social en el momento de su entrega. Igualmente, en el modelo de solicitud vienen explicadas las instrucciones para su redacción, disponiendo en dicho documento de toda la información pertinente.
Asimismo, conviene señalar que para recibir una pensión por incapacidad permanente se deben de cumplir unos requisitos mínimos, basados en la cotización, la afiliación y el alta en la Seguridad Social del trabajador que varía dependiendo del grado de incapacidad que se reconozca. Para conocerlos, así como la cuantía a recibir en cada caso, se puede consultar esta guía que explica en profundidad los requisitos de las pensiones por incapacidad permanente.
¿Cómo presentar la solicitud?
Una vez que se tengan todos los documentos y la solicitud cumplimentada, conviniendo revisarla al detalle, se tiene que presentar en cualquiera de los centros de atención e información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), para lo que será necesario contar con cita previa. En caso de disponer de certificado digital, también se puede enviar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Entregada la solicitud, el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento iniciado es de 135 días que se empiezan a contar desde que se envió el formulario. En caso de que pasara dicho plazo y no se hubiera recibido ninguna notificación, se entendería que la incapacidad permanente ha sido denegada por silencio administrativo. Asimismo, si faltara por entregar algún documento, se tendría 10 días desde que se empezó el proceso.
Proceso de reconocimiento de la incapacidad
Cuando se presenta la solicitud de incapacidad permanente se inicia la fase de instrucción, etapa en la que desde el INSS pueden solicitar la entrega de otros documentos o la realización de pruebas médicas si lo viesen oportuno. Después un Equipo de Valoración de Incapacidad (EVI) o un Tribunal Médico formula un dictamen de propuesta. A partir de este, la Seguridad Social mediante el director provincial correspondiente dicta la resolución donde se especifica si se concede o no. En caso de obtener la incapacidad permanente, también informaría del grado de incapacidad, la cuantía de la prestación y el plazo a partir del cual se revisará la misma.
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