
La Audiencia Nacional ha denegado definitivamente a una mujer de nacionalidad marroquí con más de 20 años en España su solicitud de la nacionalidad española por residencia. El organismo confirmó la propuesta de rechazo del juez responsable del Registro Civil, que planteó unas preguntas sencillas para conocer su grado de integración sociocultural y su conocimiento del idioma español, entre las que la inmigrante debía responder por ejemplo a quién fue Franco o cuál fué el escritor de ‘El Quijote’.
La resolución de la Sala de lo Contencioso respaldó la decisión tomada por la Dirección General de Registros y de la Notaría, confirmando la base del pronunciamiento del juez que llevó a cabo el cuestionario a la mujer de origen marroquí. El motivo principal por el que se confirmó la denegación de nacionalidad de la migrante fue que no pudo demostrar un suficiente grado de integración en la sociedad española conforme a lo previsto en el artículo 22.4 del Código Civil.
Las preguntas que no pudo responder la mujer migrante
Entre las preguntas que el juez del Registro Civil le realizó a la migrante marroquí estaban: cuáles eran sus derechos y deberes como española, el nombre de algunos directores de cine o escritores de renombre españoles, el autor de la obra de las Meninas, el nombre de las principales comunidades autónomas, qué fue la Transición española y algunas típicas fiestas nacionales.
De forma más concreta, en su tema o contexto correspondiente, la mujer marroquí tuvo que responder sobre quién es el autor de ‘El Quijote’ y quién fue Franco. La migrante no pudo responder a estas preguntas, además de otras igualmente básicas. Ante la falta de respuesta en muchas de las preguntas o una respuesta deficiente, el juez finalmente sentenció que la inmigrante "habla y comprende el español con mucha dificultad" a pesar del tiempo transcurrido en el país, y que fue "incapaz" de comprender las preguntas sobre la sociedad y cultura españolas que le fueron planteadas.
La Audiencia Nacional le deniega la nacionalidad por exigir un grado de adaptación superior a España
La Audiencia Nacional avala la decisión adoptada por la Dirección General de Registros y de la Notaría sobre la base del pronunciamiento del juez que llevó a cabo la prueba a la inmigrante. Según este tribunal, "en la medida que la nacionalidad española concede un estatus y unos derechos superiores a los derivados de la mera residencia legal en España, es por lo que se establece la exigencia de un grado de adaptación superior para los peticionarios de la nacionalidad al exigible a los extranjeros residentes".
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