Uno de los grandes miedos de los propietarios de viviendas en alquiler es que los inquilinos dejen de pagar la renta pero sigan viviendo en la casa o piso. En momentos así muchos piensan en cambiar la cerradura, ¿pero puede hacerse aunque el inquilino haya dejado de pagar? La respuesta es que no y la Ley de es muy clara al respecto.
Por mucho que el inquilino deje de pagar de la renta, y pase a ser lo que se conoce como ‘inqui-okupa’ el dueño de la vivienda no podrá cambiar la cerradura, al igual que tampoco podrán cortarse los suministros, ya que pese a que no pague, este inquilino moroso tiene derechos sobre la vivienda.
Proceder de alguna de estas formas, o intentar echar al inquilino por la fuerza puede llegar a suponer multas para los propietarios. La forma legal de proceder en el caso de verse en esta situación será poner una demanda de desahucio, esperar a que sea aceptada y se inicie todo el proceso legal, que puede alargarse meses.
El casero no puede cambiar la cerradura si el inquilino deja de pagar
Como se ha explicado, la cerradura de la vivienda no puede cambiarse pese a que el inquilino no pague el alquiler. En el caso de hacerlo, se estaría cometiendo un delito coacciones, tal y como especifica el artículo 172 del Código Penal
“El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto”
Estos delitos se castigan con penas de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados, aunque la Ley prevé que, para coacciones que tengan que ver con impedir el uso legítimo de la vivienda, las penas se impondrán en su mitad superior.
¿Puede el inquilino cambiar la cerradura?
En el caso del inquilino, si puede cambiar la cerradura de la vivienda que tiene alquilada durante el tiempo que el contrato de alquiler esté vigente. Hay que destacar que además no está obligado a pedir permiso para hacerlo ni tiene que entregar una copia de las llaves de la nueva cerradura
Al finalizar el contrato y hacer entrega de la vivienda, deberá entregar la vivienda tal y como la encontró, y esto quiere decir con la cerradura original.
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