La DGT avisa de la nueva norma para conductores en 2023: obligatorio darse de alta

La Dirección General de Tráfico avisa de una nueva normativa que de no realizarse podría desembocar en multas. Estos conductores están obligados a darse de alta.

Aviso DGT: el trámite obligatorio para los conductores que son personas jurídicas
Aviso DGT: el trámite obligatorio para los conductores que son personas jurídicas
Isabel Gómez

La Dirección General de Tráfico (DGT) avisa y da un ultimatum a los conductores. El 2023 comienza con importantes novedades para estos por un nuevo trámite que tienen que realizar y darse de alta. Estar al tanto de los cambios en la normativa vial es imprescindible para evitar multas de tráfico que pueden llegar a suponer la pérdida de puntos del carnet de conducir.

Una de las más sonadas al comienzo de año es que, desde el pasado 1 de enero, entró en vigor una medida que prohíbe entrar en Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en ciudades de más de 50.000 habitantes a los vehículos sin etiqueta o pegatina medioambiental. Ahora, este organismo público implanta cambios en la forma de notificar.

La nueva norma de la DGT a la que debe enfrentarse los conductores 

Desde Tráfico se han puesto en marcha novedades sobre la manera de enviar los comunicados a las personas jurídicas, es decir, a las empresas. Consiste en un cambio muy importante porque su desconocimiento no exime la responsabilidad de tener que hacer frente a avisos o sanciones de la DGT que pueden tenerse sin saberlo.

Específicamente, desde el pasado noviembre de 2022, la DGT ya no envía avisos en papel a los conductores que son personas jurídicas, ahora todo se lleva a cabo de forma electrónica.  Es por eso importante darse de alta y registrarse en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Si el conductor no lo hace, no sabrán si tienen sanciones o no que pagar o recurrir.

“La Dirección Electrónica Vial (DEV) es un buzón electrónico en el que cualquier persona, física o jurídica, puede darse de alta para recibir las notificaciones de tráfico y los avisos e incidencias relacionados con las autorizaciones administrativas que la DGT deba hacerle llegar de manera telemática y con los mismos efectos jurídicos que la notificación en papel”, explica la DGT.

La DGT avisa del trámite de alta que deben realizar las personas jurídicas

Las notificaciones por correo postal no han desaparecido al completo. Seguirán enviándose, aunque el trámite electrónico puede efectuarlo todos los conductores que no deseen. Desde la administración pública de tráfico explican que el procedimiento electrónico es más cómodo para consultar infracciones pendientes.

Por ello, la DGT envía una notificación electrónica a las personas jurídicas, para recordarles la obligatoriedad de darse de alta en ese sistema en caso de no haberlo hecho ya.

Pasos para darse de alta y recibir las notificaciones electrónicas de la DGT

Para darse de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV) los conductores con personalidad jurídica tienen que tener, en primer lugar, el carnet de conducir vigente, además de certificado digital. El proceso se realiza desde la Sede Electrónica de la DGT, dentro del menú 'Otros trámites' y después en 'Notificación electrónica: Dirección Electrónica Vial'. Una vez en dicha pestañas, veremos la opción de darse de alta o de baja.

Otras noticias interesantes

Lo más leído

Archivado en:
DGT |