Así pueden las empleadas del hogar sumar años de cotización para la pensión de jubilación

La Seguridad Social permite que las empleadas del hogar puedan añadir los años de cotización faltantes para acceder a la pensión de jubilación. Estos son los requisitos que deben reunir en 2024.

una empleada del hogar trabajando
Cómo pueden las empleadas del hogar sumar años de cotización para la pensión de jubilación Archivo
Francisco Miralles

Las empleadas del hogar cotizan a la Seguridad Social dentro del Régimen General desde el año 2012. Sin embargo, algunas trabajadoras no cuentan con los años suficientes para acceder a la pensión contributiva de jubilación. En esos casos, la Seguridad Social ofrece una salida para que las trabajadoras domésticas puedan generar las cotizaciones suficientes para acceder a la pensión contributiva de jubilación.

La Seguridad Social pide a los empleados del hogar los mismos requisitos que el resto de trabajadores para acceder a la pensión de jubilación. Esto es tener cubierto un período mínimo de cotización de 15 años (hecho genérico), de los cuales al menos 2, deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de solicitar la pensión de jubilación (hecho específico).

Estos requisitos se encuentran regulados en el artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social bajo el Real Decreto Ley 8/2015, el cual puede ser consultado en Este Boletín Oficial del Estado (BOE). Pero, ¿qué pasa si faltan algunos años para acceder a la pensión de jubilación?

Cómo sumar años de cotización para la pensión de jubilación

La Seguridad Social ofrece a las empleadas del hogar la posibilidad de integrar las cotizaciones ficticias y lagunas de cotización para llegar a ese mínimo. Las cotizaciones ficticias son aquellos períodos de inactividad laboral, pero que la Seguridad Social reconoce para la pensión de jubilación. Algunos de estos períodos ficticios pueden ser:

  • Dar a luz, que por cada parto sumará 112 días de cotización. Si este es múltiple, será 126 días.
  • El cuidado de los hijos cotizará hasta un máximo de 270 días.
  • El servicio militar, que puede añadir hasta un año de cotizaciones a la pensión.

Por otro lado, las lagunas de cotización son aquellos períodos en los que una persona no ha cotizado a la Seguridad Social. Por ejemplo, trabajar sin haber estado dado de alta. En estos casos, la empleada del hogar podrá integrar esas lagunas dentro de sus cotizaciones, facilitando así su derecho a pedir la pensión contributiva de jubilación.

Las reglas para incorporar estas cotizaciones son las siguientes:

  • Los primeros 60 meses sin cotización se integran con la de la base mínima vigente.
  • Entre el mes 61 y 84 con el 80% de la base mínima vigente.
  • El resto de mensualidades se integran con el 50% de esa base mínima. 

Cómo cotizan las empleadas del hogar

Desde 2019, las bases de cotización de las empleadas del hogar va desde los 222 euros hasta los 1.322 euros al mes, dependiendo del tipo de jornada y horas que realice el empleado del hogar. Estas sería las bases a falta publicación en el BOE, la subida del SMI y las bases mínimas de cotización:

  • Hasta 259,00: cotiza por una base de 222,00 euros/mes
  • Desde 259,01 hasta 403,00: cotiza por una base de 365,00 euros/mes
  • Desde 403,01 hasta 548,00: cotiza por una base de 509,00 euros/mes
  • Desde 548,01 hasta 692,00: cotiza por una base de 653,00 euros/mes
  • Desde 692,01 hasta 838,00: cotiza por una base de 798,00 euros/mes
  • Desde 838,01 hasta 981,00: cotiza por una base de 941,00 euros/mes
  • Desde 981,01 hasta 1.125,90: cotiza por una base de 1.125,90 euros/mes
  • Desde 1.125,91 hasta 1.228,00: cotiza por una base de 1.177,00 euros/mes
  • Desde 1.228,01 hasta 1.388,00: cotiza por una base de 1.322,00 euros/mes
  • Desde 1.388,01: Retribución mensual

La pensión de jubilación de las empleadas del hogar se calculará igual que para el resto de trabajadores, es decir, se tendrá en cuenta la base reguladora y sobre esta aplicar el porcentaje que correspondes según los años cotizados.

La base reguladora se calcula sumando la base reguladora de los últimos 25 años, es decir, de los últimos 300 meses. Con el resultado habrá que dividirlo entre 350 y se obtendrá el 100% de la base reguladora.

Ahora, habrá que aplicar el porcentaje al que se tiene derecho. Con 15 años cotizados, que es lo mínimo, se tendrá derecho al 50% de esa base reguladora. A partir de esos años hay que aplicar los siguientes porcentajes:

  • Por cada uno de los siguientes 49 meses se aplicará un 0,21% extra sobre la base reguladora.
  • Por cada uno de los meses siguientes, desde el 50 y hasta el 209, se aplicará un extra del 0,19% sobre la base reguladora.

De esta forma, para tener derecho al 100% de la pensión de jubilación será necesario tener 36 años y 6 meses cotizados. Este cambia en 2027, siendo necesarios 37 años cotizados para tener derecho a ese 100%.

Si no cumple con los requisitos se puede optar por la pensión no contributiva de jubilación

En el caso de no tener los requisitos para acceder a la pensión contributiva, las empleadas del hogar deben saber que podrán optar a la pensión no contributiva de jubilación. La cuantía oscilará entre los 7.250,60 euros y los 1.812,65 euros anuales. Estas prestaciones se perciben en 14 pagas, 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias.

Estas son gestionadas por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). Para acceder a ellas es necesario reunir unos requisitos de residencia efectiva en España y demostrar tener rentas o ingresos inferiores a los 7.250,60 euros por año.

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