Este es el cheque bebé de 14.500 euros que se percibe en la Comunidad de Madrid

Las madres que residan en la Comunidad de Madrid podrán recibir un cheque bebé de hasta 14.500 euros si cumplen con los requisitos.

Este es el cheque bebé de 14.500 euros que se percibe en la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid permite que las madres cobren un cheque bebé de 500 euros mensuales.
Isabel Gómez

Tras el debate de investidura de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, el año pasado, las madres madrileñas están de suerte. En ese momento se prometió un cheque bebé que se podría cobrar a partir de este año. Una decisión que entró en vigor en enero de 2022 y a la que ya se han acogido algunas familias. Pero, todavía existen dudas acerca de quién puede solicitarlo y hasta cuándo se va a percibir. 

Esta ayuda podrá comenzar a disfrutarla la solicitante a partir del quinto mes de embarazo hasta que el bebé cumpla los dos años. Actualmente, la cuantía que se percibe mensualmente será de 500 euros, por lo que, finalmente, se podrá llegar a recibir hasta 14.500 euros. 

El objetivo principal es que se promueva la natalidad en la comunidad autónoma. Todas las madres menores de 30 años podrán solicitarla siguiendo los pasos que se detallarán a continuación si cumplen estos requisitos.

Requisitos para cobrar el cheque bebé de 14.500 euros de la Comunidad de Madrid

Todas las futuras o nuevas madres que quieran acogerse a esta ayuda impulsada por Ayuso deberán cumplir con una serie de condiciones previas para ver si pueden acogerse al cheque bebé o no y corresponden con las siguientes:

  • Haber nacido después de 1992. Así se podrá demostrar que se es menor de treinta años.
  • Cumplir con una carencia de rentas. Desde la administración se le va a pedir a la solicitante unos ingresos que sean inferiores a los 30.000 euros anuales, en tributación individual; o los 36.200 euros al año, en tributación conjunta.
  • Presentar un documento en el que se acredite el certificado de empadronamiento en alguno de todos los municipios de Madrid, durante, al menos, cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de acogerse a ella. La residencia dentro de la comunidad es indispensable mientras se está cobrando.

Unas condiciones que, a la hora de aprobación, causaron gran revuelo en el hemiciclo autonómico por los principales partidos políticos de la oposición. Acusaron que la medida dejaba al margen a madres mayores de 30 años y que están en una situación de vulnerabilidad económica.

¿Cuándo se puede llevar a cabo la solicitud del cheque bebé?

Desde comienzos de año, los solicitantes podrán pedirlo. Desde la página web de la Comunidad de Madrid se especifica que las madres se deberán encontrar en alguna de estas situaciones para poder beneficiarse:

  • Las gestantes desde la semana 21 de gestación.
  • Las progenitoras que hayan tenido un hijo o más, en parto múltiple.
  • Las personas que hayan adoptado a un menor de edad.

Para que esa ayuda sea efectiva, el interesado deberá acudir a la Oficina de Registro que hay en todos los ayuntamientos adheridos a Ventanilla Única. También se podrá hacer en las oficinas del Registro de la Administración General del Estado o por correo certificado. Lo que se tiene que tener en cuenta que es se tomará la fecha de solicitud que consta en el registro.

Existe también la oportunidad de realizarse a través de Internet en el Registro Telemático de la Comunidad de Madrid. Para ello, se debe disponer de un certificado electrónico que sea válido en ese territorio.

¿De cuánto es la cuantía y la duración del cheque bebé?

La cuantía a percibir por la madre que haya solicitado la prestación será una cuantía fija mensual de 500 euros mensuales. Si se hacen los cálculos, lo máximo que se va a poder recibir será de 14.500 euros en cómputo total.

Como se explica desde la web de la comunidad madrileña, el tiempo máximo que se puede percibir la cuantía económica será de 24 meses, es decir, dos años, para los casos de gestación, nacimiento y adopción. En este último caso, hay una peculiaridad. Esos 24 meses se computarán como finalizados desde que se inscribió al menor en el Registro Civil, con independencia de la edad que tenga el niño o la niña. 

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