
El Salario Mínimo Interprofesional subirá antes de que acabe el año. Desde la patronal ya lanzaron su propuesta, defendiendo aumentar el SMI en 2024 hasta los 1.112,40 euros. Sin embargo, los sindicatos ya han avisado de que es “insuficiente”, defendiendo que debe garantizar el 60% del salario medio del país. Una garantía que lo situaría en torno a los 1.120 euros mensuales, que iría en la línea de lo pactado entre PSOE y Sumar.
Pero, ¿afectaría la subida del salario mínimo a las empleadas del hogar? La Seguridad Social tiene la respuesta: se les debe garantizar siempre el Salario Mínimo Interprofesional anual en proporción a las horas que trabajen. Es decir, una empleada a jornada completa (40 horas semanales), no puede cobrar bajo ningún concepto un sueldo por debajo del SMI anual.
Actualmente, aunque se subirá próximamente, es de 15.120 euros brutos anuales, por lo que una trabajadora doméstica, ahora, no puede cobrar menos de 1.080 euros al mes si se reciben las pagas extraordinarias aparte o menos de 1.260 euros al mes si están prorrateadas. Por ende, sí, la subida del salario mínimo les afecta como al resto de trabajadores asalariados, debiéndose ajustar su retribución y tablas salariales. Este colectivo pasará a cobrar, como mínimo, el SMI anual fijado, que rondará alrededor de los 1.115 euros, siendo la media entre patronal y sindicatos.
Aumento del salario hora para las empleadas del hogar
Asimismo, como ya pasó con la última subida del SMI, el aumento en el salario mínimo interprofesional provocaría también un aumento del salario mínimo por horas de las empleadas del hogar, algo muy importante para aquellas que trabajan por horas. En este caso, en el mismo sueldo fijado se incluyen las vacaciones y las extras y, actualmente, es de 8,45 euros.
Cómo actualizar el salario de las empleadas del hogar
Si se produce la “inminente” subida del salario mínimo interprofesional, los empleadores deben actualizar el sueldo de su empleada de hogar en la Seguridad Social siempre que cobren menos que el nuevo SMI anual fijado. Además, con total seguridad, se deberá hacer con “carácter retroactivo”, como ya ocurrió con la última subida.
Para ello, deberán entrar al portal Import@ss y acceder al apartado “Modificación de datos laborales en empleo de hogar”. Una vez dentro, tendrán que identificarse con uno de los siguientes sistemas: certificado digital, DNI electrónico, sistema Cl@ve o vía SMS en caso de que se tenga registrado el número de teléfono en la base de datos de la Seguridad Social.
Por último, desde el organismo público también recuerdan que, aunque no existe una fecha límite para comunicar la variación en la retribución de la empleada de hogar, para ajustarlo al nuevo SMI, la norma sí establece que el plazo reglamentario de ingreso de cuotas finaliza el último día del mes siguiente en el que tiene efecto la variación. De superar este plazo sin actualizar el salario, se ejecutará un recargo.

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