Con el fin de proteger a las familias en situación de pobreza y exclusión social, la Seguridad Social otorga una ayuda si existen hijos y dificultades para llegar a final de mes. Siempre que se cumplan los requisitos, la cuantía puede alcanzar los 368 euros y tienen permitido su solicitud los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y los que no.
Esta ayuda corresponde con un complemento de ayuda a la infancia (CAPI) que supone un extra económico destinado a las unidades de convivencia con hijos menores de 18 años. Otro punto a favor es que pueden acceder a ella los autónomos, los asalariados y los desempleados, eso sí, cuando no se sobrepase un límite de rentas y el solicitante sea menor de 65 años.
Como se verá más adelante, la cuantía varía en función del número de hijos y la edad de los mismos. Pero, ¿qué es necesario para su solicitud? ¿Cómo puede solicitarse?
¿Qué es el complemento de ayuda a la infancia?
Tal y como apuntan desde la web de la Seguridad Social, es una ayuda económica extra que va unida al IMV, aunque se puede conceder de forma independiente, es decir, a padres que no sean beneficiarios. El importe oscila entre los 115 euros y los 57.50 en función de la edad. Según las cuantías establecidas para 2024, pueden recibir por cada hijo:
- Menor de tres años: 115 euros al mes.
- De entre tres y seis años: 80,50 euros al mes.
- De entre seis y 18 años: 57,50 euros al mes.
Visto lo anterior, las unidades familiares que tienen derecho a 368 euros son las que están formadas por dos hijos menores de tres años (230 euros), un hijo con edad comprendida entre los tres y seis (80,50) y un hijo mayor de seis años, pero menor de edad (57,50 euros).
Únicamente, hay una situación de incompatibilidad y es cuando ya se disfruta de una asignación económica por hijo o menor a cargo con un grado de discapacidad menor al 33%.
Requisitos para cobrar el complemento
Cuando una persona quiera acceder al CAPI, la Seguridad Social obliga a que cumpla con los requisitos mínimos de esa prestación mínima vital, aunque no sea beneficiario del mismo. Para ello, debe tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años, aunque puede ser mayor de edad si tiene ya hijos.
Al mismo tiempo, debe demostrarse que no se sobrepasan ciertos límite de rentas y de patrimonio fijados en cada año. Los ingresos deben ser inferiores al 300% de la renta garantizada según el tipo de familia y tener un umbral de ingresos del 150% del patrimonio.
Por último, hay que cumplir con un test de activos, cuyo límite para un adulto es seis veces la renta garantizada, con una escala de incrementos igual a la del límite de rentas, según el tipo de familia.
Cómo solicitar el complemento de ayuda a la infancia
Las personas que quieran acceder a este complemento, solo deben hacer el trámite cuando no sean beneficiarios del IMV. Es obligatorio hacer el trámite para solicitar esta prestación no contributiva, ya sea a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en la web habilitada para ello, o de forma presencial, solicitando previamente una cita previa.
Para facilitar el trámite y que no haya errores, la administración pública ha anunciado que en unas semanas habilitará el teléfono corto 020 para dar información acerca de todas las cuestiones relacionadas con el IMV y que la ayuda llegue con facilidad a las familias potenciales.
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