
La Seguridad Social es la encargada de gestionar todas las prestaciones y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se encarga de los subsidios por desempleo. Cuando se carece de ingresos o se pierde el empleo, es posible acceder a estas ayudas, pero, ¿cuál es mejor pedir? Depende, ya que unas gozarán de mayor importe, pero otras cotizarán para la pensión de jubilación.
Por un lado, la prestación contributiva por desempleo tiene una cuantía máxima de 1.575 euros al mes y se puede cobrar durante un máximo de dos años. Por otro lado, los subsidios por desempleo permiten cobran una ayuda de 480 euros al mes (80% del IPREM) que puede cobrarse durante 3 y 30 meses, dependiendo del subsidio al que se acceda.
Estas ayudas tienen una duración limitada. En cambio, hay una ayuda que sí se puede cobrar de manera indefinida mientras se encuentre con carencia de ingresos. Esta ayuda es el Ingreso Mínimo Vital.
La ayuda de la Seguridad Social con duración indefinida
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica destinada a personas en situación de vulnerabilidad económica. Por ello, el objetivo que persigue esta asistencia es el de asegurar la inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.
La cuantía del IMV va desde los 604,21 euros hasta los 1.329,27 euros mensuales dependiendo de la unidad familiar, aunque no tiene por qué cobrarse de manera íntegra, ya que depende del nivel de ingresos mínimos que se acredite.
La Seguridad Social explica en su página web que “la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales”.
Es decir, que si una familia de dos adultos y tres menores tiene derecho a un IMV que garantiza 1.462,20 euros mensuales y sus ingresos actuales suman 690 euros al mes (450 euros de un empleo a media jornada y 240 euros de un subsidio), recibirían 772,2 euros al mes en concepto de IMV. Esta cuantía se cobra hasta final de año.
¿Cuál es la mejor ayuda?
La mejor ayuda será cobrar la prestación contributiva por desempleo, ya que su cuantía máxima alcanza los 1.575 euros al mes y además cotiza para la pensión de jubilación. Además, una vez agotada se podrá acceder al Ingreso Mínimo Vital, si se carece de rentas y no se tiene derecho al subsidio. Ahora bien, para acceder es necesario haber cotizado previamente 360 días dentro de los últimos 6 años.
En cambio, el Ingreso Mínimo Vital no cotiza, ya que es una prestación no contributiva, pero la duración de esta es indefinida hasta que el beneficiario o la unidad de convivencia supere el umbral de ingresos mínimos.
Por último, hacer mención al subsidio para mayores de 52 años, que aunque su cuantía es de 480 euros al mes, es el único subsidio del SEPE que cotiza para la pensión de jubilación, haciéndolo por una base mínima del 125%.
Debido a las limitaciones de cada prestación por desempleo, el Ingreso Mínimo Vital se convierte en la mejor opción no por cuantía y requisitos, sino por ser una ayuda universal, es decir, para todo el que lo necesite.

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