El SEPE eliminará el subsidio parcial por desempleo a partir de esta fecha

Con la aprobación de los subsidios por desempleo, trabajadores a tiempo parcial cobrarán el subsidio con la cuantía íntegra y sin reducciones.

Francisco Miralles

El gobierno de España aprobó el pasado mes de mayo la reforma de los subsidios por desempleo a través del Real Decreto-ley 2/2024, introduciendo cambios significativos en las prestaciones gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). A partir del 1 de noviembre, los trabajadores que hayan perdido su empleo a jornada parcial dejarán de recibir subsidios parciales y comenzarán a percibir la prestación completa.

Hasta ahora, los trabajadores a jornada parcial que quedaban desempleados recibían un subsidio proporcional a sus horas trabajadas. Por ejemplo, un empleado a media jornada cobraba el 50% del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), equivalente a 240 euros si el IPREM está en 480 euros. Con la nueva normativa, estos trabajadores recibirán el subsidio íntegro, independientemente de su tipo de contrato anterior.

Qué cambia en los subsidios con la nueva reforma

Cuando entre la normativa en vigor (a partir de 1 de noviembre de 2024) los subsidios parciales quedarán derogados, es decir, que serán eliminados. En este momento, todos los trabajadores sin importar el tipo de contrato podrán acceder al subsidio por desempleo por insuficiencia de cotización o por agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.

La cuantías también aumentarán, sobre todo en los primeros meses de prestación. Según la cita la reforma, durante los primeros seis meses se cobrará el 95% del IPREM vigente (ahora mismo son 570 euros), durante los seis meses siguientes el 90% (540 euros) y, el resto del periodo, hasta agotar el subsidio por desempleo, se seguirá percibiendo el 80% del IPREM (480 euros).

Duración de los subsidios por desempleo

La duración del subsidio por insuficiencia de cotización dependerá de las cotizaciones acumuladas y de las responsabilidades familiares del beneficiario. Aquellos con 3, 4 o 5 meses cotizados recibirán el subsidio durante el mismo número de meses. Si se tienen 6 meses cotizados sin responsabilidades familiares, la duración será de seis meses, pero con responsabilidades familiares, el subsidio se extenderá hasta 21 meses.

Para el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, la duración variará según los días consumidos de dicha prestación y la edad del solicitante. Los menores de 45 años que hayan agotado al menos 360 días de prestación contributiva recibirán seis meses de subsidio. Los mayores de 45 años sin responsabilidades familiares necesitarán haber consumido al menos 120 días para obtener el mismo periodo de subsidio.

Aquellos con responsabilidades familiares, sin importar la edad, tendrán derecho a un subsidio de hasta 24 meses si han consumido al menos 120 días de prestación contributiva, y hasta 30 meses si han consumido 180 días.

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