En 2025 y a falta de saber si el Gobierno de España sacará adelante los Presupuestos Generales del Estado (PGE) lo que sí está claro es, que las pensiones contributivas como mínimo, se revalorizarán conforme al IPC medio interanual. Esto afectará a todas las pensiones contributivas, entre las que se encuentran las de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares. Así como aumentarán las cuantía, también lo hará el límite de ingresos para acceder al complemento a mínimos, algo que podría beneficiar a aquellos pensionistas y jubilados que cobran una pensión por debajo de la mínima.
Según, los últimos datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de los 10.208.300 pensionistas que hay en el sistema público, 6.493.622 son por jubilación. De estos, el 49,87% (3.238.338 pensionistas) cobran una pensión por debajo del Salario Mínimo Interprofesional y 2.685.762 cobran menos de 1.000 euros al mes De estos pensionistas, solo el 19,19% cobran el complemento a mínimos en la pensión con un importe medio de 272,44 euros al mes.
El complemento a mínimos es una cuantía económica que tiene como objetivo asegurar que las pensiones alcancen la cuantía mínima establecida por la normativa. No todos los pensionistas tienen derecho a este complemento, ya que para recibirlo es necesario cumplir ciertos requisitos. Sin embargo, si un pensionista no reunía las condiciones exigidas en 2024, pero las cumple en 2025, podrá solicitarlo ante la Seguridad Social para incrementar su pensión al mínimo establecido.
Aumentar la cuantía de la pensión en 2025
La Seguridad Social explica, que para tener derecho al complemento a mínimos es necesario tener reconocida una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad o en favor de familiares y que la cuantía se encuentre por debajo de la cuantía mínima. Por otro lado, y sin tener en cuenta la cuantía de la pensión, hay que demostrar una carencia de ingresos significativos, ya sean de trabajo, inversiones, actividades empresariales o ganancias patrimoniales, que superen un umbral determinado y que depende de su situación familiar.
Ahora mismo, en 2024, los ingresos están fijados en los 8.941,33 euros anuales para los pensionistas sin cónyuge a cargo o que no tienen cónyuge y en el caso de tener cónyuge a cargo, el límite asciende a los 10.429,82 euros. En 2025, se prevé que, al igual que la pensiones se vean revalorizadas, estos límites también se vean incrementados, lo que permitiría que aquellos pensionistas con bajos ingresos puedan acceder a este complemento.
Ahora bien, desde la Seguridad Social recuerdan que este complemento no es vitalicio y se revisa de forma anual. Esto quiere decir, que si un año se supera o se prevé superar el límite de ingresos, hay que comunicarlo a la Seguridad Social para que en el caso de ser necesario se retire dicho complemento. Una vez se vuelva a cumplir con los requisitos se podrá volver a solicitar.
En el caso de no comunicarlo y que la Seguridad Social lo detecte, el organismo puede suspender el complemento y solicitar que se devuelvan las cantidades cobradas indebidamente. El complemento a mínimos se puede solicitar en cualquier momento del año, siempre que se cumplan los requisitos. Puede gestionarse a través de la Sede Electrónica del INSS, rellenando una declaración de ingresos, o también de forma presencial, solicitando cita previa para que un gestor de la Seguridad Social lo tramite (en este artículo se explica cómo pedir cita previa por internet).
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