Esta será la nueva edad de jubilación en 2025: años cotizados para cobrar la pensión

La edad de jubilación volverá a subir en 2025 y lo seguirá haciendo hasta 2027. También aumentará los años de cotización necesarios para cobrar la pensión.

Esta será la nueva edad de jubilación en 2025: años cotizados para cobrar la pensión
Esta será la nueva edad de jubilación en 2025: años cotizados para cobrar la pensión Envato
Francisco Miralles

Las condiciones para jubilarse en 2025 volverán a cambiar. Con la reforma del sistema de pensiones aprobada en 2013, cada año, la edad de jubilación subirá al igual que los años cotización necesarios para jubilarse con 65 años. Lo seguirá haciendo hasta 2027, donde serán los 67 años la edad estándar para acceder a la pensión completa.

Ahora mismo, en 2024, la edad de jubilación está fijada para los trabajadores en los 66 años y seis meses, si no han cotizado 38 años a lo largo de su vida laboral. En cambio, se podrá jubilar a los 65 años, si la cotización acumulada es superior a los 38 años.

Cambios a partir del 1 de enero

A partir de 1 de enero de 2025, los trabajadores que quieran jubilarse a los 65 años deberán haber cotizado a la Seguridad Social un total de 38 años y tres meses. En el caso de tener menos de 38 años y tres meses cotizados, la edad de retiro se situará en los 66 años y 8 meses, siempre que cumpla con el requisito mínimo.

Para acceder a la pensión contributiva de jubilación es necesario acreditar el periodo genérico que es tener 15 años cotizados. Además, hay que cumplir con la carencia cualificada o específica que es, que de los 15 años cotizados, al menos dos deben encontrarse dentro de los últimos 15 años anteriores al hecho causante.

Tener la edad para acceder a la jubilación no garantiza cobrar el 100% de la pensión. Para tener derecho al 100% la Seguridad Social pide tener 36 años y seis meses cotizados. Estos requisitos se mantendrán hasta 2027. A partir de esa fecha se exigirá tener 37 años cotizados.

Cambios en la jubilación anticipada

También se retrasa la edad de jubilación anticipada, voluntaria, hasta los 66 años y 8 meses. En el caso de tener al menos 38 años y tres meses cotizados, la edad máxima adelantada se situaría en los 63 años.

En el caso de jubilación anticipada, involuntaria o forzosa, es posible jubilarse hasta cuatro años antes de la edad legal ordinaria. Esta se produce generalmente por despido y suele afectar a trabajadores por cuenta ajena.

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