
Las pensiones de incapacidad permanente son la tercera pensión contributiva que se abona en España, después de la jubilación y de la viudedad. Estas, por su naturaleza, son las que tienen mayores particularidades que el resto.
Ante una situación de enfermedad o accidente laboral, son muchos los trabajadores que después de la baja médica buscan conseguir una pensión de incapacidad permanente de la Seguridad Social. Sobre todo si las lesiones sufridas les impiden trabajar y ven reducidos sus ingresos económicos. Pero, ¿cuánto tarda en cobrarse el primer pago de la pensión una vez que ha sido aceptada?
Esta duda es lógica, sobre todo al recibir en sus hogares la Carta de Valoración de Incapacidades que emite la Dirección Provincial de la Seguridad Social. Consiste en un momento crucial porque en ella se incluye información acerca de si es aceptada o no, y, en caso afirmativo, el grado de discapacidad otorgado y la cuantía a recibir.
¿Cuánto tiempo tarda en llegar la resolución de una incapacidad permanente?
El plazo máximo que contempla la ley para que el INSS notifique su resolución es de 135 días, generalmente. La comunicación se realiza por escrito, con un aviso precio, y es frecuente que llegue en un plazo más corto que el legal previsto. Así lo confirman desde el bufete Campmany Abogados.
A partir de ese momento, se puede cobrar la pensión. La administración emite el cobro de las pensiones a mes vencido, por lo que el dinero se recibe en la cuenta bancaria facilitada por el pensionista entre el primer y cuarto día hábil al mes siguiente. En la práctica, la Tesorería General de la Seguridad Social libera la remesa con la cuantía y la ingresa en los bancos colaboradores a partir del 25 de cada mes.
¿Qué ocurre si pasado ese plazo no se obtiene respuesta de la Seguridad Social?
Pues que hay diversas situaciones o circunstancias que no deben perderse de vista. Comenzando porque se entenderá que hay silencio administrativo y, por tanto, rechazo de la pensión de incapacidad.
Otra opción es que para el proceso de solicitud se pida al ciudadano documentación extra o sea necesario demostrar un trámite de audiencia. Se conceden en plazo de 10 días.

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