
El proceso de concesión de una incapacidad permanente es largo y tedioso. De ahí que muchos trabajadores con alguna dolencia por enfermedad o accidente, laboral o no, se desilusionen en el proceso. Sin embargo, hay una posibilidad de cobrar hasta 3.059 euros de esta pensión de la Seguridad Social sin tener que pedirla.
No siempre corresponde a futuro pensionista el inicio de la solicitud de una incapacidad permanente. Otros actores de la administración pública también permiten que las personas que no puedan desempeñar el puesto de trabajo que les provocó la dolencia o, directamente, no puedan trabajar, cobren una incapacidad.
Aunque no sea lo más común, puede que sea el organismo que dedica si se deniega o concede e inicia el procedimiento de solicitud. No implica que la pensión se vaya a conceder, solo que considera que el trabajador afectado tiene muchas posibilidades de pedir la ayuda.
La Seguridad Social así lo refleja en la página web cuando muestra que en esa situación puede darse cuando el trabajador “procesa de incapacidad temporal y haya sido dado de alta médica por agotamiento del plazo o por encontrarse en una situación constitutiva de incapacidad permanente”.
Cuáles son los organismos que conceden una incapacidad permanente sin solicitud previa
Más que una concesión sería una iniciación del procedimiento para que el trabajador pase los exámenes previos correspondientes. Así, la Inspección de Trabajo, los servicios públicos de salud o las entidades colaboradoras con la Seguridad Social (las mutualidades) pueden comenzar el proceso sin que sea solicitado previamente la pensión.
Para llegar a cobrar la pensión de 3.059 euros únicamente habrá que cobrar o dos pensiones de incapacidad permanente a la vez o haber cotizado por las bases más altas de cotización en los periodos requisitos para cobrarla.
Las etapas de solicitud de un proceso de incapacidad permanente
Cuando la Seguridad Social pone en marcha el procedimiento de incapacidad permanente debe seguir una serie de etapas hasta que el trabajador llega a cobrar la pensión. Lo primero que recibirá será una carta donde quede informado de la apertura del expediente. También se incluye el formulario de solicitud y un oficio, como apuntan desde Campmany Abogados.
En caso de querer cobrar la pensión, solo hay que rellenar el modelo de solicitud y enviarlo al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Después, le siguen las siguientes etapas.
Una etapa de instrucción donde el organismo público competente, si lo ve necesario, solicitará información adicional o pruebas médicas complementarias. A esto le sigue la visita al EVI, el tribunal médico. Estos harán un examen de la enfermedad o del accidente en un plazo de 135 días desde la apertura del expediente y, si no comunica decisión alguna al trabajador, se entiende que deniega la pensión al solicitante por silencio administrativo.
Otras noticias interesantes
Lo más leído
- Un empleado que llevaba 24 años en El Corte Inglés es despedido sin ninguna indemnización por culpa de unas latas de bonito y unos entrecots
- Un abogado laboralista pide revisar tu nómina: “te has preguntado si cobras lo que te corresponde”
- La pensión de Bertín Osborne si decidiera jubilarse: por encima de la máxima de la Seguridad Social
- Adiós a conducir solo: la DGT se lo pone ‘crudo’ a los conductores que viajen sin acompañante en el coche
- El SEPE avisa a los que cobran el subsidio para mayores de 52 años sobre este documento
- El precio de la luz se desploma con la nueva tarifa este miércoles: las horas más baratas para enchufar los electrodomésticos
Últimas noticias
- Giro de 180 grados en la política de despidos de Trump: tiene que reincorporar a casi 25.000 trabajadores
- Hacienda avisa a todos los contribuyentes: ya pueden acceder a este importante dato para presentar la Renta
- Estos supermercados retiran aceite de oliva de varias marcas y piden que no se consuma
- Un inquilino okupa la vivienda de su compañero de trabajo y lo amenaza delante de las cámaras de televisión: “lo vas a pagar”
- Palo de la Inspección de Trabajo a CaixaBank por cometer infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales