¿Pueden pedir los pensionistas con incapacidad permanente una reforma de accesibilidad si viven de alquiler?

La Ley de Propiedad Horizontal explica que el pago de la reforma corresponde al arrendatario, es decir, que el pensionista no está obligado a hacer frente a la reforma.

persona con incapacidad permanente
A quién corresponde el pago de la reforma de accesibilidad cuando el inquilino sea un pensionista con incapacidad permanente
Isabel Gómez

Cuando una persona sufre una enfermedad o accidente, puede dejar de trabajar y cobrar una pensión de incapacidad permanente de la Seguridad Social. La ayuda económica la tiene, sí, pero puede enfrentarse a otras barreras a la que hacer frente, como a una barrera de movilidad en el caso de vivir en un edificio o una comunidad de vecinos. De ahí que surja la pregunta de si es posible una reforma de accesibilidad en caso de vivir de alquiler.

Tal y como recoge la Ley de Propiedad Horizontal cuándo una persona necesita una cambio en las instalaciones y hacerlas más accesibles, la normativa legal ampara a la persona y obliga a esa modificación del mobiliario.

Esto puede crear varios problemas, sobre todo cuando el trabajador discapacitado vive de alquiler en una comunidad de vecinos. Siempre pueden surgir reticencias sobre esta cuestión. No todo el mundo tiene el mismo poder adquisitivo, por eso las reformas son las cosas que más controversia generan dentro de las reuniones de vecinos. Gastos inesperados que 'egoístamente' solo benefician a uno de ellos,

¿Es obligatorio hacer reformas cuando un vecino lo necesite por una incapacidad permanente?

La ley es clara. No importa si la persona vive de alquiler o es propietario de una vivienda al convivir en una comunidad de vecinos. Los cambios en las instalaciones son obligatorios, como informa la Justicia desde la Ley de Propiedad Horizontal. Para saber qué debemos hacer si un propietario o inquilino de una vivienda situada en una comunidad de vecinos solicita reformas de accesibilidad en las zonas comunes, solo hay que acudir a ella. 

“Es obligatorio hacer reformas para la accesibilidad en las comunidades de vecinos. Siempre que en ellas vivan o trabajen una o varias personas con discapacidad, con movilidad reducida o mayores de 70 años”, recoge el texto legal. Por tanto, aquí quedarían incluidos los pensionistas con incapacidad permanente. No importa si son los propietarios o arrendatarios de una vivienda, un local o un garaje. Así que si la persona con una minusvalía superior al 33% vive de alquiler, las condiciones del edificio deben modificarse para ser lo más accesible posible.

¿Quién paga las reformas: el pensionista con incapacidad permanente o el propietario?

Desde el portal web Fotocasa explica que siguiendo esa norma, los propietarios de la comunidad de vecinos estarán obligados a pagar las reformas en accesibilidad. Las derramas sí que pueden ser negadas a pagarse, pero cuando es para beneficiar a un vecino con una incapacidad permanente sí que es obligatorio eliminar esas barreras. Tienen la consideración de gastos extra para todos los habitantes del bloque.

Conscientes de que no todo el mundo puede hacer un gran desembolso económico, el coste total de las reformas no pueden ser superiores a 12 mensualidades, o el total de las cuotas que paga cada propietario anualmente en gastos de comunidad. Eso sí, siempre pueden pedirse ayudas y subvenciones al Gobierno para la rehabilitación de edificios.

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