
Guardar dinero en casa no es ilegal y tampoco hay que pagar más impuestos por ello. Son muchos los ciudadanos que se preguntan cuánto dinero en efectivo pueden guardar en sus viviendas y, aunque es cierto que hay que cumplir determinados requisitos para evitar una multa, a día de hoy no existe legislación que prohíba disponer de efectivo en el hogar.
Los ciudadanos, a la hora de guardar sus ahorros, prefieren tener su dinero en una cuenta bancaria. Pero cada vez son más los que buscan tener una pequeña o mediana cantidad en sus domicilios, para cubrir posibles imprevistos como una avería o un gasto repentino para el que no da tiempo a acudir al cajero automático o al banco.
Pero, ¿qué cantidad de dinero en efectivo se puede tener en casa cumpliendo la ley? No existen limitaciones, pero sí es obligatorio cumplir la norma. Y está, lo que dice es que hay que poder justificar el origen de esa cuantía de manera correcta.
Cuánto dinero se puede tener en casa por ley
No existe un tope, eso dependerá de lo que quiera cada persona. Pero sí hay una ley que respalda el que el origen de ese dinero sea lícito. Así, las cantidades de más de 3.000 euros que se saque del banco tendrán que ser registradas y contempladas tanto por el Banco de España como por Hacienda.
Otro punto fundamental a tener en cuenta y que está muy controlado son los billetes de 500 euros. Son ejemplares que se ven poco y por eso, la administración pública necesita saber de dónde han llegado. Todo esto es porque si se consigue juntar grandes cantidades y al final se quiere ingresar en el banco, este podrá pedir explicaciones basándose en la Ley de Blanqueo de Capitales.
El ahorro debe ser derivado de actividades completamente lícitas. El peculio que llegue de alguna actividad ilegal sí tendrá sanciones. En el caso en que se le pida, habrá que acreditar la procedencia del dinero. Como ha explicado el Banco de España, la cantidad de dinero que se tenga en el hogar será el suficiente para poder afrontar cualquier inconveniente del día a día.
Qué dice la Ley de Blanqueo de capitales
La Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo no explica nada sobre guardar dinero en efectivo en la vivienda. Pero sí lo que pasa a la hora de moverlo. Esto es, que no se puede llevar encima una cantidad de más de 100.000 euros dentro del territorio nacional. Habrá que declararlo en ese caso.
Teniendo en cuenta esto, además de los billetes y las monedas, los cheques al portador o cualquiera de estos, también están considerados como dinero en efectivo.
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