
Una vecina madrileña, bajo las iniciales de E.V., adquirió la responsabilidad de afrontar la mitad de las deudas contraídas en su matrimonio tras divorciarse. Aunque ha continuado con su trabajo estable como administrativa, le era imposible afrontar los préstamos, sobre todo debido a lo elevado de su nuevo alquiler.
Ante la desesperación de la situación, tuvo que acudir a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, quienes le han ayudado a que mediante la Ley de Segunda Oportunidad se le suspenda la deuda. Pero, ¿cómo llegó a obtener una deuda tan grande?
Cómo llega a obtener una deuda tras su divorcio
Aunque esta mujer cuenta con un trabajo estable como administrativa de 1.300 euros en una importante compañía, el salario no es suficiente para atender las deudas que mantenía después de divorciarse y los gastos mensuales de la unidad familiar.
Para salir adelante, además, solicitó nuevos microcréditos, los cuales no hicieron nada más que sobreendeudarla y meterla en una espiral de la que no pudo salir airosa. No tardó en llegar el primer embargo sobre su nómina, el cual se ha seguido produciendo hasta que conoció a esta asociación para este tipo de problemas.
Comenzó a mediados del 2022 cuando decidió buscar una solución y los abogados le ayudaron al explicarle en qué consistía la Ley de Segunda Oportunidad y que tenía la posibilidad de salir de ese endeudamiento.
Como expone su letrado: “En este caso, la asociada era insolvente, puesto que no podía atender a sus deudas. Si a esto se suma que no tenía antecedentes penales económicos y que no había sido declarada en concurso en los últimos cinco años, nos permitió prácticamente asegurar que conseguiríamos el perdón del 100% de sus deudas”. Y es que esos son requisitos imprescindibles que la mujer pudo acreditar sin esfuerzo.
Los pasos judiciales para la condonación del 100% de la deuda
El primer trámite comenzó con la suspensión de la obligación de pago y parar cualquier intento de ejecución, para el que presentó el pre concurso de acreedores.
En este periodo solicitó y preparó la documentación para demostrar que no había irregularidades y que siempre había actuado de ‘buena fe’. Comprobados por el Juzgado de lo Mercantil n.º 16 de Madrid, el juez dictaminó que se le concedía el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) y canceló su deuda total de 148.598,53 euros.
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