¿Es cierto que Hacienda multa con hasta 150.000 euros por hacer Bizum?: Las claves detrás del mito

Los contribuyentes están obligados a informar de los Bizum cuando superen los 10.000 euros y hubiera una ganancia. Por regla general, no hay que declararlos.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero
¿Hacienda multa con miles de euros por hacer Bizum? Europa Press
Francisco Miralles

Una de las funciones del Ministerio de Hacienda y Función Pública es la de controlar el flujo de dinero tanto si entre como si sale de España. En la última década, el pago con dinero en efectivo se está quedado atrás y va ganando los medios de pago digitales como son el uso de tarjetas bancarias, transferencias y Bizum.

Sobre este último, han saltado varias informaciones sobre la posibilidad de que Hacienda multe si no se declara, pero ¿Puede Hacienda multarte por no declarar un Bizum? ¿Hay multa de hasta 150.000 euros si se excede del límite permitido?

Para entender y sobre todo comprender todas estas cuestiones hay que ir a la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, esta norma puede consultarse en este Boletín Oficial del Estado (BOE). Para la Agencia Tributaria un Bizum es exactamente lo mismo que una transferencia bancaria y, por tanto, como norma general, entre particulares no debemos informar a Hacienda.

Ahora, es obligación de las entidades bancarias informar a Hacienda de todos los movimientos de una cuenta corriente. Entre estos se encuentran por supuesto los Bizum y transferencias.

¿Hay multa por enviar dinero por Bizum?

No, no hay que notificarlo a Hacienda, ya que son movimientos habituales del día a día y que no tiene como objeto lucrarse. Ahora, en el caso de que la suma anual de las operaciones por Bizum superasen los 10.000 euros y hubiera una ganancia de por medio. En estos casos, si habrá que declararlo.

En este sentido, “¿Tengo que declarar una comida que hemos pagado a media, un regalo o una transferencia entre familiares?” No, no hay que declararlo.

Hay que declarar los Bizum cuándo eres persona jurídica

En el caso de personas jurídicas como autónomos o empresa, se aplica el mismo reglamento. Si la cantidad de los Bizums supera el umbral de los 10.000 euros anuales, hay que declararlo al Fisco (el Estado como figura recaudadora de impuestos).

Hay personas, jurídicas o no, a los que le pagan el alquiler de la vivienda a través de Bizum ¿Hay que informar a Hacienda? La respuesta es, que sí. Se hará igual que si fuera por transferencia bancaria.

En la declaración de la Renta, tanto los datos de tu vivienda, como de sus alquileres, hay que incluirlos en el apartado C, Página 6 y 7: Bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros, o afectos a actividades económicas. Las casillas para identificarlas van desde la 0062 hasta las 0075.

En el caso de estar obligados a declarar los Bizum, el no declararlos puede conllevar sanciones por parte de Hacienda, que pueden ir desde los 600 euros hasta el pago de un 50% del valor de la cantidad enviada. Pero, esto solo ocurre, cuando eres autónomo o el ingreso que se recibe es por una ganancia (por ejemplo, la venta de un producto).

Cuál es el límite de envío de dinero de Bizum

Hasta 2021, no existían límites para hacer estos envíos de dinero, pero desde esa fecha los Bizum tiene límites tanto para enviar como para recibir dinero. En este sentido, se pueden recibir cada día un máximo de 2.000 euros y 60 Bizum al mes.

En el envío de dinero es ilimitado, pero tiene ciertos límites en operación, en el número de Bizums y la cantidad mensual. Así, en cada operación, el mínimo es 0,5 euros y un importe máximo Bizum de 1.000 euros. El envío es ilimitado, con un límite de 2.000 euros al día. En cuanto a la cuantía mensual, el límite de envío son 5.000 euros. En esta tabla se explica gráficamente:

Tipo de operación Enviar Recibir
Límite de operación Entre 0,5 y 1.000 euros. ——
Número de Bizum Ilimitado, con límite máximo 2.000 €/día 
CaixaBank (500 €)
2.000 €/día
Cantidad mensual 5.000 euros al mes. No hay límite

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