Logo de Huffpost

Dos herederos condenados a indemnizar al resto con más de 830.000 euros por quedarse con parte de la herencia que su padre había dejado a otra hija y su viuda

La viuda y el resto de hermanos los acusaron de engañar a su padre enfermo para firmar unos documentos y quedarse con la mayor parte del patrimonio.


Mazo de un juez sobre billetes de 50 euros
Mazo de un juez sobre billetes de 50 euros |Envato
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

La Audiencia Provincial de Valladolid ha resuelto el conflicto surgido por una herencia, en la que dos hermanos han sido condenados a 5 años de prisión y a indemnizar a los perjudicados (sus hermanastros y la viuda de su padre) con 833.291 euros cada uno. El motivo es la realización de una maniobra societaria fraudulenta para quedarse con la mayor parte del patrimonio familiar, aprovechando que, antes de la muerte, el padre se encontraba en un delicado estado de salud.  

Según la sentencia de febrero de 2025, el patrimonio familiar se componía de la empresa de la que el padre era el único administrador y estaba valorada en 1.336.214,79 euros. El fallecido en su testamento determinó el reparto de la herencia, su viuda recibiría el tercio de libre disposición, su hija menor el tercio de mejora, y la legítima estricta se repartiría entre sus 4 hijos. 

Previo a la muerte, dos de sus hijos aprovecharon el mal estado de salud del padre para realizar una ampliación de capital de la empresa, con la que consiguieron reducir la participación del resto de herederos, quedándose con la mayor parte del valor. Algo que, según la sentencia, es “un abuso de confianza y aprovechamiento de la vulnerabilidad del progenitor, lo que encuadra los hechos en los supuestos del artículo 250.1.6.º del Código Penal".

La audiencia considera que actuaron de forma fraudulenta y los condena a indemnizar al resto de herederos

Tras la denuncia de la viuda y dos hijos del fallecido, pese a que los acusados argumentaron que sus actuaciones fueron legítimas y que se habían hecho con el consentimiento del padre, la acusación y el Ministerio Fiscal mantenían que actuaron a sabiendas de la enfermedad del padre. 

Añadieron que "utilizaron engaño bastante para inducir a error a su progenitor, logrando así un acto de disposición patrimonial en su perjuicio", lo que constituía un delito de estafa tipificado en los artículos 248 y 250 del Código 

El Ministerio Fiscal calificó además que los hechos eran constitutivos de un delito de falsedad documental en concurso medial con estafa, y solicitó penas de cuatro años de prisión para cada uno de los dos hermanos y la nulidad de la ampliación de capital de la empresa. 

Finalmente, la Audiencia Provincial de Valladolid consideró que existía una maniobra fraudulenta para quedarse con la mayor parte del patrimonio familiar, vulnerando la voluntad del padre establecida en el testamento, lo que supuso un perjuicio para el resto de herederos. 

Condena a los dos hermanos a indemnizar a los perjudicados con 833.291 euros cada uno, más los intereses legales correspondientes, y a 5 años de prisión. 

Otras noticias interesantes

Lo más leído