Cómo actualizar el salario de las empleadas del hogar en la Seguridad Social tras la subida del SMI

Con la subida del SMI, los empleadores que paguen menos de 1.260 euros a sus empleadas de hogar (o menos de 1.080 si el sueldo se reparte en 14 pagas), tienen que actualizar sus salarios en la Seguridad Social.

Cómo actualizar el sueldo de las empleadas del hogar
Cómo actualizar el sueldo de las empleadas del hogar
Esperanza Murcia

El Gobierno de España ha acordado finalmente la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Tras llegar a un acuerdo con los sindicatos, el SMI subirá hasta los 1.080 euros brutos mensuales en 2023, lo que supone un incremento del 8%. Una subida que, entre otros colectivos, se verá reflejada en las tablas salariales de las empleadas del hogar, a las que hay sumar este aumento. 

Por ley, las trabajadoras domésticas tienen que cobrar como mínimo lo establecido por el Salario Mínimo Interprofesional. Por este motivo, ahora no podrán tener un sueldo por debajo de los 1.080 euros al mes si trabajan a jornada completa, siempre que esté repartido en 14 pagas. En caso de recibir las pagas extra de forma prorrateada, su sueldo mensual no podrá ser inferior a los 1.260 euros mensuales. 

De ese modo, los empleadores tendrán que actualizar el salario de estas empleadas en la Seguridad Social, en caso de que cobren menos de esta cantidad (hasta este momento, el sueldo mínimo a jornada completa era de 1.000 euros al mes, en 14 pagas). Además, las personas que tengan contratada a una trabajadora doméstica, tienen que saber que esta subida tiene carácter retroactivo. Eso es, tiene vigencia desde el 1 de enero de 2023. 

Cómo actualizar el salario de una empleada del hogar 

Tal como explica la Seguridad Social, los empleadores deben actualizar sus retribuciones en el Sistema Especial de Empleados de Hogar cada vez que se produzca una modificación sobre las mismas. Con la subida del Salario Mínimo Interprofesional, estos tienen que comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) los nuevos cambios en caso de que la trabajadora esté cobrando menos del SMI vigente, algo obligatorio también a efectos de cotización. 

Para ello, los empleadores tienen que acceder al portal ‘Importass’ de la TGSS. En concreto, al apartado ‘Modificación de datos laborales en empleo de hogar’. Se necesita contar con certificado digital, DNI electrónico, sistema Cl@ve o vía SMS, para lo que se necesita tener registrado el móvil en la base de datos de la Seguridad Social. 

Si no se cuenta con certificados electrónicos, se puede completar el Modelo TA.2/S-0138 de Solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador/a por cuenta ajena en el Régimen General - Sistema Especial para empleados de hogar. Después, habría que enviarlo a través del servicio para envío de solicitudes de Importass. En este caso, se necesita indicar el DNI, NIE o pasaporte, un correo electrónico y un dispositivo con cámara para realizar una fotografía. 

Con cualquiera de estos sistemas, se podría comunicar a la Seguridad Social el cambio de la empleada del hogar acorde con la nueva legislación, por la que se tiene que producir un aumento, cuando corresponda, hasta el nuevo SMI establecido. No obstante, también se puede utilizar para notificar otras modificaciones, como pasar de un tipo de jornada a otra. 

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