La nueva cuota de autónomos 2023 es ya una realidad en España. El Ministerio de la Seguridad Social, a través del Consejo de Ministros, aprueba hoy el real decreto-ley donde se reflejan los nuevos tramos de cotización por ingresos reales para los trabajadores por cuenta propia adscritos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) hasta el 2025.
Este acuerdo llevado a cabo por el ministro José Luis Escrivá, tras el visto bueno de los agentes sociales y las asociaciones de autónomos ATA, UPTA y Uatae, refleja una subida escalonada para los tres próximos ejercicios económicos: 2023, 2024 y 2025 con hasta 15 tramos de cotización.
El objetivo que se persigue desde el Gobierno es que conforme vayan pasando los años, este colectivo de trabajadores paguen de forma proporcional, esto es, en función de sus rendimientos netos. Para comprobar los ingresos reales, Hacienda y Seguridad Social cruzarán datos, de forma que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) fiscalizará el nuevo sistema de tramos de cotización y se abrirá un periodo de conexión e interoperabilidad entre ambas entidades públicas.
Esto se debe a que las bases por las que se cotizará serán provisionales. A partir del siguiente ejercicio 2023, se ajustarán en función de los ingresos reales que, por otra parte, no se conocerán hasta el año siguiente. Actualmente, los autónomos eligen voluntariamente la base por la que cotizan y el 84% lo hace por la más baja, que implica una cuota mínima de 294 euros al mes.
Nuevas cuotas para autónomos hasta 2025
Lo primero que se debe saber es que se crea una cuota reducida de 80 euros para el inicio de actividad durante el primer año, prorrogable a otros 12 meses si el autónomo tiene ingresos inferiores al SMI, lo que ya se conoce como la ‘Tarifa Plana’.
Otro punto a tener en cuenta es que ya se ha anunciado una deducción por gastos genéricos para autónomos individuales de un 7%, mientras que para los trabajadores por cuenta propia societarios será de un 3%.
Además, otra de las novedades importantes a tener en cuenta es que se podrá cambiar de cuota cada dos meses. Además, se regula una nueva prestación por cese de actividad parcial que será del 50 % de la base reguladora, compatible con la actividad y que se podrá cobrar por un periodo de cuatro meses a dos años. En resumen, hasta seis cambios de tramos en un año.
- El 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28 o 29 de febrero.
- El 1 de mayo, si la solicitud se manda entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
- El 1 de julio, si la solicitud se emite entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
- El 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
- El 1 de noviembre, si la solicitud se emite entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
- El 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se envía entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
Tabla cuota de autónomos 2023
Si se entra de lleno a la nueva cuota autónomos 2023, existen hasta 15 tramos de rendimientos netos distintos que parten con un tramo inicial con ingresos de menos de 670 euros mensuales hasta un tramo final de más de 6.000 euros al mes.
2023
- Cuota mínima y máxima: entre los 230 y los 500 euros.
2024
- Cuota mínima y máxima: entre los 225 y los 530 euros.
2025
- Cuota mínima y máxima: entre los 200 y los 590 euros.
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