Multa de hasta 800 euros por circular sin el certificado y la etiqueta del Registro Nacional de Vehículos: la DGT extrema los controles en toda España

La nueva normativa obliga a patinetes eléctricos y vehículos ligeros a portar una placa identificativa y contar con seguro obligatorio para poder circular.

guardia civil realiza un control para regular el flujo del tráfico |Europa Press.
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Los patinetes eléctricos han dejado de ser considerados "juguetes" para integrarse plenamente en el sistema de control de la Dirección General de Tráfico (DGT). Con la entrada en vigor del Real Decreto 52/2026, ya es oficial: los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) deben estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos, portar una etiqueta identificativa y, tal como dicta la reciente Ley 5/2025, contar con un seguro obligatorio.

Esta regulación afecta a los más de 4 millones de usuarios de VMP en España, quienes ahora se enfrentan a multas que pueden alcanzar los 800 euros y la inmovilización inmediata del vehículo si no cumplen con los nuevos requisitos.

¿Quiénes deben llevar la nueva etiqueta?

La obligación de portar la placa identificativa (con el formato M-0000-BBB) y el certificado de inscripción recae exclusivamente sobre:

  • Vehículos de Movilidad Personal (VMP): Patinetes eléctricos de una sola plaza con velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h.
  • Vehículos Personales Ligeros: Una nueva categoría que incluye VMP de diversos pesos y capacidades.

La moratoria de 2027: Es importante saber que los patinetes comprados antes de enero de 2024 pueden seguir circulando sin certificado técnico, pero solo hasta el 22 de enero de 2027. A partir de esa fecha, si no tienen la certificación oficial de la DGT, quedarán fuera de la ley de forma definitiva.

Por qué la multa puede llegar a los 800€

La cuantía de la sanción no es aleatoria, sino que resulta de la combinación de la normativa de tráfico y el nuevo seguro obligatorio:

  1. Infracción Muy Grave (500 €): Circular con un vehículo que incumple las condiciones de su autorización (como no llevar la etiqueta obligatoria) se castiga con esta cifra base.
  2. Agravantes (Hasta 650 €): Si hay reincidencia o se crea un peligro grave, la multa puede incrementarse un 30% según el Artículo 81 de la Ley de Tráfico.
  3. Falta de Seguro: Al ser obligatorio desde la Ley 5/2025, circular sin póliza eleva el importe total de la sanción, pudiendo superar fácilmente los 800 euros en conjunto con la falta de registro.

Además, la Guardia Civil tiene potestad para inmovilizar el vehículo en el acto si carece de seguro, no tiene la autorización administrativa o presenta deficiencias de seguridad.

Cómo obtener el certificado y la placa

El proceso es similar al de cualquier otro vehículo motorizado. El propietario debe inscribir su VMP en la sede electrónica de la DGT para obtener un número de placa. Con el certificado digital en PDF que emite Tráfico, se debe acudir a un centro autorizado de expedición de placas (donde se hacen las matrículas de coches) para encargar la etiqueta física.

Este registro es el paso previo y obligatorio para poder contratar el seguro de responsabilidad civil, que ya es un requisito indispensable para circular legalmente por las vías públicas españolas en 2026.

 

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