La Navidad es época de regalos, aunque no siempre se sabe qué regalar. Ante esta disyuntiva, la opción más clásica y también más común es la de dar dinero, aunque hay que estar atentos. Esta práctica, a priori inocente, podría estar penada por la Agencia Tributaria, vigilando a conciencia los movimientos bancarios para detectar posibles blanqueos de capitales y perseguir el dinero negro. Entonces, ¿hay que declarar el dinero recibido como regalo de las navidades?
A ojos de Hacienda los obsequios económicos son considerados donaciones, por lo que habría que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones al que están inscritas. Este impuesto varía dependiendo de la cantidad, el grado de parentesco y la comunidad autónoma en la que se viva, contando con un mes para declararlo. El organismo, por su parte, tendría hasta 4 años para reclamar el pago.
En términos legales, tendríamos que declarar cualquier dinero regalado por pequeña que sea la cifra, aunque solo nos hayan dado 30 euros, por poner un ejemplo. Ahora, ¿es una acción realmente perseguida por Hacienda? La entidad no suele perseguir estos movimientos ya que se trata de cuantías muy bajas. Las alarmas saltarían con ingresos superiores a los 3.000 euros o realizados con billetes de 500 euros.
Esta cuantía está fijada así al ser la cifra por la que los bancos están obligados a notificar a Hacienda los titulares que son dueños de la cuenta que recibe el ingreso, así como los nombres de quién lo realiza y el dinero que se está traspasando con el movimiento. Si no se supera esta cantidad la Agencia Tributaria no suele recurrir, siendo una costumbre totalmente extendida en el país que corresponde a pequeñas sumas económicas, aunque legalmente se califiquen de donaciones.
Multas de Hacienda
Hacienda podría multar a cualquier contribuyente que no haya declarado una donación, dependiendo la sanción de la cantidad que se ha recibido. En caso de que no supere la cantidad mencionada de 3.000 euros estaría catalogada como una infracción leve, teniendo que pagar como multa el 50% de la cantidad que no se haya pagado. A esta cantidad habría que sumarle los intereses de demora según el tiempo que haya pasado desde el momento que se tuvo que declarar. Teniendo todo esto en cuenta, habrá que andarse con ojo antes de dar el aguinaldo.
Impuesto de Sucesiones y Donaciones
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es de carácter progresivo, es decir, cuánto mayor sea la herencia, más se paga. También depende del parentesco que comparten los involucrados, pagando menos dinero cuanto más cercana sea esta relación. El porcentaje a pagar varía desde el 7,65% hasta el 34%, dependiendo de la comunidad autónoma en la que se resida.
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