Nadie está libre de viajar al extranjero y, por circunstancias de la vida, sufrir un accidente o ponerse enfermo de forma tan grave que, a la vuelta, sea imposible regresar a su puesto de trabajo. La Seguridad Social permite que se acojan a la baja médica, pero, ¿cómo se gestiona la incapacidad temporal causada en el extranjero? Hay que tener en cuenta que el inicio del trámite cambia por completo.
Tal y como se detallará a continuación, y como explica la propia administración en un reciente video explicativo, las personas que quieran acceder a la prestación por incapacidad temporal causada en el extranjero deben cumplir con los requisitos habituales para acceder a la baja médica.
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Requisitos para cobrar la prestación de incapacidad temporal
En la propia web de la Seguridad Social quedan recogidos los requisitos a los que deben hacer frente los trabajadores que quieran acceder a la baja de incapacidad temporal. Estos varían según el origen de la dolencia y corresponden con los siguientes:
Si nace de una enfermedad común es necesario estar afiliado y en alta y haber cotizado un mínimo de 180 días en los cinco años previos. Si es por accidente, laboral o no, o enfermedad profesional, no existen condiciones.
Documentos necesarios para iniciar el trámite de baja médica
La persona afectada es necesario que obtenga en el país donde sufra la dolencia el certificado médico que acredite la situación. Este debe incluir: los datos del trabajador (nombre, apellidos y fecha de nacimiento), fechas del proceso o duración prevista, el código diagnóstico en CIE-10 o descripción del diagnóstico y la firma y sello del facultativo.
En función del país en el que se cause la baja hay que legalizar y traducir los documentos. Tanto en los países donde la seguridad social tiene un convenio bilateral donde se incluye la prestación de IT, como en los de la UE, Suiza o Reino Unido, no es necesario. Por ejemplo, en Australia, sí que se necesita legalizar los documentos con la apostilla del Convenio de la Haya.
El momento en el que sea obligatoria la legalización y traducción es en los países donde haya convenio bilateral, pero que no incluya la prestación o en el resto de países. Es posible hacerlo a través del Consulado de España o mediante la apostilla del Convenio de la Haya cuando sea aplicable.
¿Cuándo y cómo enviar la documentación?
Debe enviarse toda la documentación en el plazo de 10 días desde su emisión a la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social correspondiente, es decir, según el código de cotización de tu empresa. Sirve para la solicitud inicial como para el mantenimiento de la baja médica.
Existen dos vías. Una opción es entregarlo por vía telemática a través de la ‘Plataforma segura’ sin certificado digital o a través de la Sede Electrónica del INSS con certificado. Para ello debes indicar la provincia de la dirección provincial donde se cursa la baja. También hay que hacer constar en observaciones que se trata de una IT causada en el extranjero.
Otra opción es enviar la documentación por correo ordinario a la dirección provincial correspondiente, es lo que se conoce como canal postal. No se admite la documentación remitida por correo electrónico.
¿Quién puede remitir la documentación? El trabajador, solo este. Pero de manera excepcional, solo por causas justificadas, podría hacerlo la empresa cuando haya sido autorizada para ello.
Reconocimiento y mantenimiento de la IT por la Seguridad Social
Una vez que la dirección provincial ha revisado todo y visto que se cumplen todos los requisitos necesarios, debe enviarse una comunicación al trabajador reconociendo el derecho, algo que se hace desde el propio organismo público. También debe comunicarse a la empresa a través del Fichero INSS Empresas (FIE) o servicio FIER.
En el citado video, se reconoce que el pago de la prestación en la misma modalidad de una IT de carácter nacional. Para el mantenimiento de la baja médica y su pago será necesario en el plazo de 10 días desde su emisión el envío de partes de confirmación o informes médicos necesarios según el diagnóstico y la fecha próxima de revisión. En caso de falta de justificación de la situación de IT, se procederá a suspender el pago.
Una vez pasado los 365 días del proceso de IT se mantiene el mismo funcionamiento que la prestación de IT nacional, siendo la dirección provincial del INSS; a través del tribunal médico, la única competente para la emisión de:
- Partes de alta: por curación, mejoría, propuesta de incapacidad permanente o incomparecencia injustificada a los reconocimientos médicos.
- Una nueva baja por misma o igual patología de 180 días posteriores a la citada alta médica.
¿Cuándo finaliza la prestación de incapacidad temporal?
Hay que comunicar a la dirección provincial correspondiente en el plazo de 10 días desde su emisión:
- El parte de alta en el caso de los países que sí los expiden.
- El certificado de incorporación al trabajo en el caso de países que no expiden partes de alta. Hay dos servicios de solicitud, con y sin certificado digital.
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