Una abogada experta en herencias aclara que si pagas los gastos de la herencia y tu coheredero se niega a devolvértelos, la única salida es el juzgado

La abogada que los gastos que generan los bienes de una herencia sin repartir deben asumirlos todos los coherederos en proporción a su cuota.

La abogada experta en herencias, Laura Lobo |YouTube Laura Lobo
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Tras el fallecimiento de una persona, los herederos no solo se enfrentan al duelo sino tambien al reparto de la herencia, un proceso que puede generar muchas dudas y que en ocasiones se puede extender durante meses e incluso años. Durante ese tiempo los inmuebles y otros activos de la herencia siguen generando gastos que alguien tiene que pagar. IBI, tasas de basura, cuotas de comunidad de propietarios, y es entonces cuando surge la duda de ¿quién tiene que hacerse cargo de esos gastos?

La abogada especializada en herencias Laura Lobo, ha expuesto en un video publicado a través de sus redes sociales que “esto parece sencillo cuando existe una cuenta de la persona fallecida y esos gastos están domiciliados en esa cuenta y se van abonando ahí”. En este caso los recibos se cargan automáticamente y el dinero de la herencia los absorbe sin que nadie tenga que adelantar nada. Pero, ¿qué pasa cuando no hay cuenta, o se agota el dinero de la misma?

Todos los herederos tienen que pagar en proporción a lo que les corresponde

Lobo aclara que cuando no hay cuenta “esos gastos deben pagarse por todos los herederos en proporción a su cuota de participación en la herencia, es decir, en relación al porcentaje que se le haya dejado en la herencia”.

El artículo 393 del Código Civil establece que la participación de los comuneros será “proporcional a sus respectivas cuotas”, tanto en los beneficios como en las cargas, en el caso de una herencia sin repartir, los coherederos lo son mientras la herencia permanezca indivisa. Además, según recoge el artículo 395 todo copropietario debe contribuir a los gastos de conservación de la cosa común y solo queda exento quien renuncie a la parte que le corresponde.

Esto implica que si hay tres herederos a partes iguales, cada uno asume un tercio de cada recibo que llegue, algo que aunque es claro en la ley, en la práctica a veces se complica. 

Qué pasa si un heredero no paga su parte 

La abogada expone que en la practica suele ser muy habitual que sea uno de los herederos “el que pague todos los gastos”, pero tiene después derecho a exigir al resto que le devuelvan la parte correspondiente. 

Y aquí llega la advertencia más importante de Lobo, “es necesario documentar todos esos gastos porque en el caso de que se exija el pago a otro coheredero y él se niegue, la única alternativa será acudir a un procedimiento judicial”. Por ello es importante guardar todas las facturas, recibos domiciliados, transferencias bancarias o justificantes de pago, porque sin esa documentación un juzgado no tendrá base para determinar cuánto pagó cada parte ni para obligar al moroso a devolver lo que le corresponde.

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