OCU: los motivos por los que el banco puede bloquear tu cuenta

El Banco de España constata la potestad legal de las entidades bancarias de poder congelar los fondos y los servicios de una cuenta bancaria en determinados casos.

Bloqueo de la cuenta bancaria
Javier Martín

Aunque no es un caso recurrente, las entidades bancarias, llegado el caso y unos determinados motivos, tienen la potestad legal de bloquear tu cuenta corriente. Así se lo permite el Banco de España. Alguien se dispone a pagar con su tarjeta de crédito, a hacer un Bizum o a sacar dinero en efectivo del cajero cuando, ante la imposibilidad de completar la operación, es consciente de que su cuenta está congelada.
 
¿Dónde está el dinero? ¿Lo ha perdido? Son algunas de las cuestiones que surgen espontáneamente ante una situación poco agradable. No, el dinero sigue en la cuenta.  Sin embargo, esta está, digamos, en pausa técnica debido a alguna incidencia o problema. Por tanto, si se soluciona esta, la cuenta, los fondos que almacena y todos sus servicios volverán a estar operativos.
 

¿Cuándo pueden bloquear la cuenta bancaria?

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) se ha encargado de exponer los principales motivos por los que una entidad bancaria puede llegar a bloquear la cuenta corriente de sus clientes: 

  • Leyes antiblanqueo de capitales. El Ministerio de Hacienda ha incrementado su vigilancia sobre este aspecto de problemática creciente. Así, ha redoblado su comunicación con la banca. Esta, además, tiene manga ancha para conocer el origen de los fondos depositados, que serán examinados con lupa si hay motivos de sospecha “a fin de conocer la naturaleza de su actividad profesional o empresarial y adoptarán medidas dirigidas a comprobar razonablemente la veracidad de dicha información”. Además, esta ley instaurada en 2010 también implica que los bancos deban tener el DNI actualizado del titular de la cuenta. Otro motivo que puede llevar al bloqueo si no se facilita esta información al banco en caso de requerimiento. 
  • Detección de movimientos sospechosos. Una cuestión relacionada estrechamente con la Ley antiblanqueo de capitales.
  • Fallecimiento del titular, cuanto este fuera el único. Es un hecho protocolario y burocrático. El banco, para blindar los intereses de los herederos y evitar que alguien haga un uso indebido de ellos, bloquea la cuenta. No será así en el caso de que exista una cotitularidad, cuando el otro titular podrá hacer uso de la misma. 

Cómo desbloquear una cuenta bancaria

Como se ha mencionado anteriormente, se debe subsanar el motivo que lo ha causado para recuperar la cuenta, ya que un banco no puede congelarla así porque sí. Debe haber una causa que lo justifique. Y como estas responden en su inmensa mayoría a la falta de información, tan solo habrá que brindársela y esperar, para que corroboren que todo está en orden según la normativa establecida. Esto se podrá hacer tanto de forma online como presencial, acudiendo a la sucursal más cercana.

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